La Audiencia rechaza incluir como prueba en el caso Nóos un correo de carácter íntimo del Duque

La Audiencia Provincial de Baleares ha rechazado incluir como prueba en el caso Nóos un correo de carácter íntimo que fue escrito por Iñaki Urdangarin y que su exsocio Diego Torres decidió aportar a la causa para acreditar, por la fecha del mismo, la reunión que ambos mantuvieron en la Zarzuela con el expresidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps y la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, de cara a la negociación del evento Valencia Summit.
Diego Torres
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EUROPA PRESS
Diego Torres

La Audiencia Provincial de Baleares ha rechazado incluir como prueba en el caso Nóos un correo de carácter íntimo que fue escrito por Iñaki Urdangarin y que su exsocio Diego Torres decidió aportar a la causa para acreditar, por la fecha del mismo, la reunión que ambos mantuvieron en la Zarzuela con el expresidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps y la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, de cara a la negociación del evento Valencia Summit.

El tribunal de la Sección Segunda desestima de este modo, mediante un auto, el recurso de apelación interpuesto por Torres contra la exclusión del email, que el juez José Castro acordó expulsar del procedimiento el pasado mes de mayo por afectar a la esfera íntima del Duque de Palma.

De hecho, el magistrado alegaba que el encuentro en Zarzuela ya estaba "pretendidamente acreditado" en un email anterior, por lo que "no exigía" la aportación de más correspondencia que "nada tenía que ver con el evento y sí con otras cuestiones que pertenecían a la esfera de la intimidad", motivo por el que el instructor decidió no incorporar el correo en cuestión a la causa e instar a que no se entregasen más documentos de este tipo.

En esta línea, la Audiencia subraya que la finalidad del correo en cuestión es demostrar la situación de Urdangarin "en un lugar determinado y en una fecha concreta, lo que resulta sobradamente acreditado por otras diligencias". Es más, destaca que la advertencia que hizo Castro de que no se presentase más documentación de carácter íntimo ya lo había instado anteriormente el propio tribunal.

Al respecto, la Sala afirma que el apercibimiento "lo era para todas las partes personadas; ninguna, salvo la recurrente [en referencia a Torres], lo considera sorpresivo". Al requerir a las partes a que no presentaran correos de este calado, el juez negaba un "espíritu censurador" sino que justificaba su petición en "la aspiración de que en su actuación profesional se atengan a los postulados de la buena fe procesal".

El juez negaba un "espíritu censurador"

La exclusión no es consecuencia de ningún espíritu censurador que en todos los años de convivencia procesal nunca se ha producido", aclaraba el magistrado. A lo largo de la instrucción de esta causa, Torres ha ido aportando para su defensa numerosos emails con los que acreditar la participación de Urdangarin y su mujer en los hechos investigados, y atestiguar asimismo el conocimiento que de los mismos podía tener la Casa Real.

El propio Urdangarin salió en defensa de su derecho a la intimidad recordando cómo la Audiencia Provincial emplazó a Castro a impedir el acceso a la causa de documentos cuyo contenido "pueda lesionar gratuitamente el derecho a la intimidad", y tildaba de "injustificadas, extemporáneas y maledicentes" algunas de las manifestaciones efectuadas recientemente por la defensa de Torres.

Sin embargo, mediante otro escrito remitido al juez, la defensa de Torres aseveraba que "ni por asomo se ha infringido, ni se infringirá, el derecho a la intimidad de nadie, se llame como se llame, sea quien sea o quien se cree que es". Así, afirmó verse afectada por una "admonición infundada" e "injustísima", al no haber justificado el juez "qué secreto o aspecto de la intimidad de Urdangarin se ha visto atacado por algo que ni remotamente puede considerarse como tal".

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