Condenan al CatSalut por los daños causados a un bebé durante su nacimiento

  • El juez critica que no se practicara una cesárea ante las anomalías del parto, que se usaran mal los fórceps y que no se informara a la madre.
  • El niño sufre secuelas irreversibles en el aparato locomotor y estéticas.
  • El CatSalut deberá indemnizarlo a él y a su madre con 213.634,62 euros.
Nuevo hospital de Sant Pau.
Nuevo hospital de Sant Pau.
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Nuevo hospital de Sant Pau.

El titular del Juzgado Contencioso-Administrativo número 17 de Barcelona ha condenado al Servicio Catalán de la Salud (CatSalut, el acrónimo en catalán) a indemnizar con 213.643 euros a una mujer y a su hijo por los daños que sufrió el bebé al nacer, pues pese a los antecedentes de la madre y que el parto era anormalmente lento no se practicó una cesárea.

Los hechos se remontan al 26 de noviembre de 2008, cuando la mujer, que tenía antecedentes de aborto y útero bicorne, rompió aguas de forma prematura y acudió al hospital de Sant Pau de Barcelona. El parto fue especialmente lento y la mujer, representada legalmente por el Defensor del Paciente, presentaba una malformación vaginal, pero se trató como si fuera uno normal.

Al llegar le encontraron una malformación uterina pero los facultativos optaron por no tomar ninguna medida. La decisión de no practicar una cesárea, señala el juez en su sentencia, "pudo no ser acertada por comportar un riesgo excesivo y perfectamente evitable" y obligó a utilizar fórceps para sacar al bebé. No fue hasta casi diez horas después, cuando usaron un bisturí eléctrico para seccionar el tabique vaginal y así permitir el paso del bebé. Durante este lapso de tiempo, "el riesgo fue aumentando progresivamente".

Pese a los dictámenes "absolutamente contradictorios" de los peritos y los "extraños, curiosos e inexplicables problemas de memoria" que afectan a la mayoría de personas que intervinieron en el parto, el magistrado constata que una acumulación de causas en este caso, empezando por una mala catalogación del riesgo del parto, la asunción de un riesgo excesivo al seguir como si se tratara de un parto normal, el mal uso del fórceps y la realización de unas maniobras desaconsejadas para el caso. A todo esto, prosigue el juez, se suma la ausencia de consentimiento informado.

El 25 de marzo de 2009, el pequeño fue intervenido quirúrgicamente en otro centro hospitalario y dejo de someterse a rehabilitación el 7 de abril de 2010 "al no conseguir una mejoría". El niño sufre secuelas del aparato locomotor (no puede flexionar un brazo correctamente), a causa de una parálisis branquial, así como estéticas de carácter definitivo e irreversible (con importantes cicatrices en las piernas, un brazo y el cuello).

El magistrado entiende que la afectación del brazo del niño implicará una situación de incapacidad permanente porque la no poder usar el brazo "resulta prácticamente imposible que se incorpore al mercado laboral, lo que le impedirá trabajar o hacerlo en condiciones penosas y discriminatorias". Por todo ello, condena al CatSalut a indemnizarle a él y a su madre con un total de 213.634,62 euros más los intereses correspondientes.

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