La Audiencia deniega sustituir la pena de los 9 meses de cárcel que pesan sobre Matas por una multa

La Audiencia Provincial de Baleares ha denegado sustituir los nueve meses de prisión que le fueron impuestos al expresidente del Govern Jaume Matas en el marco de la primera pieza que fue juzgada dentro del caso Palma Arena por una pena de multa al tiempo que ha rechazado suspender la condena de cárcel.
Jaume Matas entrando en los Juzgados de Palma
Jaume Matas entrando en los Juzgados de Palma
EUROPA PRESS
Jaume Matas entrando en los Juzgados de Palma

La Audiencia Provincial de Baleares ha denegado sustituir los nueve meses de prisión que le fueron impuestos al expresidente del Govern Jaume Matas en el marco de la primera pieza que fue juzgada dentro del caso Palma Arena por una pena de multa al tiempo que ha rechazado suspender la condena de cárcel.

Contra este auto, acordado hoy por la Audiencia, cabe presentar un recurso de súplica.

Cabe recordar que el pasado 23 de julio, el Tribunal Supremo (TS) rebajó de seis años a nueve meses de cárcel la condena que le fue impuesta por la Audiencia Provincial de Baleares a Matas en el marco del primer juicio del caso Palma Arena. La decisión del Alto Tribunal contrasta así con la petición del fiscal del Supremo, que solicitó a principios de este mes que fuese confirmada la pena a la que fue condenado el exmáximo mandatario balear. El fallo del Supremo permitirá que Matas no ingrese en prisión.

Concretamente, se le condena como autor de un delito de tráfico de influencias a nueve meses de prisión y una multa de 6.000 euros. En concreto, Matas fue condenado por la Audiencia Provincial de Baleares, en marzo del pasado año, al considerarse probado que intervino en la contratación irregular por parte del Ejecutivo autonómico del articulista Antonio Alemany para la redacción de sus discursos.

El tribunal de la Sección Primera atribuía al exministro de Medio Ambiente los delitos de fraude a la administración; continuado de falsedad en documento oficial; falsedad en documento mercantil; prevaricación en concurso con un delito de malversación y un último de tráfico de influencias agravado, por los que, además de la pena de prisión, la Audiencia le impuso nueve años y medio de inhabilitación.

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