Absuelven a Gas Natural de "responsabilidades" en la explosión en un piso de Tarragona

El Juzgado de Primera Instancia 2 de Tarragona ha absuelto a Gas Natural SDG S.A. y a su aseguradora mercantil Mapfre Empresas Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. de "cualquier tipo de responsabilidad" en la explosión de gas en la que murieron cinco personas el 10 de noviembre de 2005 en un piso de la Rambla Nova de Tarragona.

El Juzgado de Primera Instancia 2 de Tarragona ha absuelto a Gas Natural SDG S.A. y a su aseguradora mercantil Mapfre Empresas Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. de "cualquier tipo de responsabilidad" en la explosión de gas en la que murieron cinco personas el 10 de noviembre de 2005 en un piso de la Rambla Nova de Tarragona.

Según la sentencia, Gas Natural no incumplió sus obligaciones legales, "ni se ha acreditado la existencia de un defecto en el suministro, ni en las instalaciones generales" del edificio, hecho por lo que el juez ha desestimado la demanda presentada por David S.C. —familiar de cuatro de los muertos— y la de Bernd L., que resultó lesionado de gravedad.

En contra de lo que alegaron los demandantes, el juez ha considerado probado que la fuga "realmente se produjo en la vivienda" y que, por lo tanto, provino de la propia instalación privativa de la misma a causa de una gran concentración de gas.

Además, la fuente de ignición fue la llama del mechero de una de las víctimas, como quedó acreditado por los peritos, ya que el lugar donde se encontraba fue el punto de mayor destrucción y por las quemaduras que presentaba.

Valora que tampoco se puede considerar una negligencia de Gas Natural, ya que las inspecciones periódicas que se hacen cada cuatro años para controlar las instalaciones "todavía estaban en el plazo".

Asimismo, el juez sí que ha estimado las demandas interpuestas por María Sofía E. y Javier S. contra la mercantil Liberty Seguros, que aseguraba la responsabilidad civil del piso donde se produjo la explosión, por haber ocasionado daños en los vehículos aparcados en la calle, y la ha obligado a indemnizarlos con 2.050 y 1.300 euros, respectivamente.

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