El TSJCyL reconoce "abusos" contra el derecho de huelga en Maessa, Auvasa y Zara en tres meses, según CC.OO

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha reconocido "abusos" contra el derecho de huelga de los trabajadores de las empresas Maessa, Auvasa y de una local del Grupo Zara en Valladolid en "tan sólo tres meses".

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha reconocido "abusos" contra el derecho de huelga de los trabajadores de las empresas Maessa, Auvasa y de una local del Grupo Zara en Valladolid en "tan sólo tres meses".

Según han informado fuentes del servicio jurídico de CC.OO, en los tres casos ha sido el alto tribunal de la Comunidad el que ha reconocido el derecho legal a la huelga de los trabajadores al revocar las sentencias de los juzgados de primera instancia, por lo que el sindicato ha solicitado a los juzgados de los social "más sensibilidad para con este derecho".

Así, el TSJ, según las mismas fuentes, revocó la sentencia de un juzgado de Ponferrada que "no consideró ilícita" la imposición de unos servicios de retenes "abusivos" para "impedir y dificultar" una convocatoria de huelga en la Central de Compostilla, en la comarca leonesa del Bierzo, donde la plantilla de Maessa "arrastraba" conflictos contra la dirección de la compañía por despidos de trabajadores.

Por otra parte, el sindicato también ha recordado que el día 15 de este mes se conocía la sentencia por la que el Tribunal Superior revocaba la sentencia del juzgado de primera instancia y daba legitimidad a la huelga que realizaron durante un mes los trabajadores de la empresa de autobuses de Valladolid, Auvasa.

Por último, ha mencionado que el pasado mes de julio la Sala de lo Social del TSJ condenaba al Grupo Zara a abonar una indemnización de 1.500 euros al sindicato por vulneración del derecho de huelga de su plantilla de la tienda de Lefties en el Centro Comercial Equinoccio el 29 de marzo de 2012, día de huelga general.

En este sentido, CC.OO ha indicado que la sentencia consideraba probada la vulneración del derecho colectivo de huelga al mencionar, en el punto tercero de la sentencia, que "en este caso se ha producido con total obviedad un esquirolaje por sustitución de huelguistas con una trabajadora no vinculada al centro de trabajo".

CC.OO ha resaltado la importancia de "luchar por el mantenimiento de los derechos, incluso llevándolo hasta la última instancia judicial", y ha felicitado a los trabajadores por su compromiso "con esta lucha a pesar de la adversa situación de las relaciones laborales".

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