Laureano Oubiña es condenado a cinco años más de prisión por blanqueo de capitales

  • El 'narco' había recurrido la sentencia, pero el Tribunal Supremo la ha confirmado por lo que Oubiña volverá a prisión, de la que salió en 2012.
  • Oubiña ya había cumplido varias sentencias que le fueron impuestas en 1990.
El narcotraficante gallego Laureano Oubiña.
El narcotraficante gallego Laureano Oubiña.
EFE
El narcotraficante gallego Laureano Oubiña.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 4 años y 7 meses de cárcel y multa de 2.226.100,83 euros que la Audiencia Nacional impuso al 'narco' Laureano Oubiña por blanquear dinero obtenido del tráfico de drogas, condena contra la que el reo había recurrido pero que le enviará de nuevo a prisión.

Oubiña salió de la cárcel madrileña de Navalcarnero en julio de 2012 tras haber cumplido varias sentencias por narcotráfico, penas que cayeron sobre él en 1990.

Al día siguiente de su salida de prisión el narcotraficante, de 69 años, tuvo que volver a la Audiencia para enfrentarse al juicio por blanqueo que terminó en una condena que ahora se ha visto confirmada por el Supremo y por la que deberá volver de nuevo la cárcel.

La sentencia ahora confirmada considera probado que Oubiña planeó junto a su esposa Esther Lago, fallecida en 2001, "la forma de aflorar y dar apariencia legal a los fondos procedentes de las operaciones de narcotráfico que se encontraban a su disposición en el Banco Popular de Melilla".

Para ello compraron una parcela en Sanxenso y otras en Vilagarcía de Arosa de modo que, tras su adquisición por parte de las mercantiles del matrimonio, pudieran construir en ellas viviendas familiares.

El Supremo considera en su sentencia que la defensa de Oubiña no tiene razón en los motivos de recurso, entre los que figura su queja de haber sido juzgado dos veces por los mismos hechos y su argumento de que se atribuye al dinero que estaba en su poder un origen ilegítimo, el del narcotráfico, que no ha quedado acreditado.

"Ante la contundente y variada prueba de cargo, sólo puede manifestar esta sala la total coincidencia con el pronunciamiento condenatorio del tribunal de instancia", dice el Supremo a favor de la condena de la Audiencia Nacional.

"Todos los datos constatados llevan y conducen directa y normalmente a la conclusión de estar en presencia de un delito de blanqueo procedente del narcotráfico", añade el Supremo.

La Audiencia Nacional también condenó en el mismo procedimiento, por auxiliar en el blanqueo a Oubiña y su mujer, a Emilia Cano Carmona (sobre quien cayó una pena de 3 años y 3 meses de prisión y multa de 53.970 euros), que también recurrió y cuya condena es también confirmada.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento