La Junta urge al Gobierno a celebrar una reunión de la Comisión Bilateral sobre la Ley de Función Social de la Vivienda

La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía ha reclamado formalmente al Gobierno la celebración urgente de una reunión de la Comisión Bilateral entre ambas administraciones sobre la Ley de Función Social de Vivienda, de forma que sea posible saldar en el ámbito del diálogo institucional las posibles discrepancias sobre el texto y evitar así la interposición de un recurso ante el Tribunal Constitucional por parte del presidente del Ejecutivo español.

La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía ha reclamado formalmente al Gobierno la celebración urgente de una reunión de la Comisión Bilateral entre ambas administraciones sobre la Ley de Función Social de Vivienda, de forma que sea posible saldar en el ámbito del diálogo institucional las posibles discrepancias sobre el texto y evitar así la interposición de un recurso ante el Tribunal Constitucional por parte del presidente del Ejecutivo español.

"Esta Ley fortalece la posición de todas las familias en proceso de desahucio, que quedarían desprotegidas en caso de que fuera recurrida", ha señalado en una nota Amanda Meyer, secretaria general de Vivienda de la Consejería, que ha recordado que la norma persigue los objetivos de evitar desahucios y de abaratar el acceso a la vivienda mediante la promoción del alquiler de inmuebles deshabitados.

Meyer ha recordado que una interposición del recurso por parte del presidente del Gobierno supondría "un abuso de sus prerrogativas", ya que al invocar el artículo 161.2 de la Constitución provocaría la suspensión automática de la norma, sin que el Tribunal entrase a valorar el fondo. "Estamos convencidos de la constitucionalidad de la Ley, que tiene un sólido anclaje jurídico fundamentado, entre otros, en el artículo 33, que establece la función social del derecho de propiedad", ha afirmado Meyer.

Ésta ha señalado, no obstante, que la sentencia "podría tardar años en llegar y poner esta certidumbre negro sobre blanco". "Durante todo ese tiempo miles de familias quedarían en situación de indefensión ante los abusos de las entidades financieras, al tiempo que el inmenso parque de vivienda vacía de la comunidad, de unas 700.000, quedaría a merced de fondos buitre y especuladores", ha añadido.

Por eso, Meyer ha solicitado al Gobierno que, "antes de dar un paso con un coste social tan alto, apure todas las vías que ofrece el Estado de Derecho para saldar las discrepancias institucionales". La secretaria general de Vivienda ha recordado que la Comisión Bilateral es un órgano de cooperación interadministrativa recogido en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y en el artículo 220 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, cuyo cometido es analizar los supuestos conflictos de competencias entre administraciones de forma que sea posible acordar su resolución en el ámbito de la cooperación y no en el judicial. "El Gobierno tiene la obligación de apurar ese margen antes de forzar por las bravas la suspensión de la Ley", ha añadido.

La ley catalana

La secretaria general de Vivienda ha recordado que la Consejería que dirige Elena Cortés reclamó la convocatoria de la Comisión Bilateral el 5 de julio, pese a lo cual el Gobierno presentó el recurso contra el Decreto Ley de Función Social de la Vivienda el día 9, sin haber atendido el requerimiento.

La Comisión finalmente celebró su primera reunión el lunes 23 de septiembre, con el periodo de alegaciones de la Ley ya cerrado durante su tramitación parlamentaria. En dicha reunión la Consejería planteó, ante representantes de los ministerios de Economía, Hacienda, Administraciones Públicas y Fomento, "la necesidad de apurar todos los cauces de diálogo institucional existentes", en palabras de Meyer.

"El Gobierno nos ha comunicado oficialmente su disposición al diálogo. Para que ese diálogo tenga sentido y se produzca en un cauce institucionalmente aceptable es imprescindible que el Gobierno renuncie a la presentación de un recurso", ha señalado Meyer.

Precedente catalán

La propuesta de la Consejería de Fomento y Vivienda tiene un precedente claro en la Comisión Bilateral Generalitat-Estado que se celebró en 2008 en relación a Ley de 2007 del Derecho a la Vivienda en Cataluña. Dicha Comisión concluyó con un dictamen del Ministerio de Administraciones Públicas que daba por resueltas las discrepancias sin afectar al fondo de la norma. Meyer ha recordado que la citada norma en vigor es "en letra y esencia" similar en muchos aspectos a la andaluza, y que "no ha sido recurrida". "Es evidente que hay margen de sobra para negociar", ha afirmado.

La citada Ley catalana señala, en su artículo 2.1, que entre sus objetivos está "delimitar el contenido de la función social de la propiedad y corregir las situaciones de incumplimiento de dicha función social". En su artículo 3.d la norma define la vivienda vacía como "la que queda desocupada" injustificadamente. El 5.1 apunta que "el ejercicio del derecho de propiedad debe cumplir su función social", mientras el 5.2 establece que existe "incumplimiento de la función social de la propiedad de una vivienda que ésta esté desocupada de forma permanente e injustificada".

"La Ley catalana establece y delimita pues la función social de la vivienda y fija infracciones para quienes la incumplan, y ello sin que se haya producido ningún recurso", ha afirmado Meyer, que ha añadido que, en caso de que el Gobierno recurriese la norma andaluza, "quedaría patente que existe la voluntad de imponer un camino político a Andalucía, de imponer de facto un estado de excepción".

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