El índice que sustituirá al IRPH en las hipotecas ya existe y entrará en vigor el 1 de noviembre

  • Le sustituirá el tipo previsto en el contrato o, en su defecto, un nuevo valor.
  • La oposición anuncia unas tasas de interés mucho más altas para estos clientes.
  • Asociaciones de consumidores y usuarios denuncian que el nuevo índice hipotecario beneficia más a los bancos que a los consumidores.
Vallas en el Congreso de los Diputados.
Vallas en el Congreso de los Diputados.
JORGE PARÍS
Vallas en el Congreso de los Diputados.

La Ley de Emprendedores trae en su interior una mala noticia para miles de hipotecados españoles. Este jueves, el Pleno del Congreso daba luz verde de forma definitiva a esta nueva ley. Entre otras medidas, la ley fija el nuevo índice que, a partir del 1 de noviembre próximo, sustituirá al IRPH hipotecario, que debía haber dejado de funcionar el pasado mes de abril.

En 2011 se decidió que el IRPH-Cajas, IRPH-Bancos y el Tipo CECA expirarían el 29 de abril, tras un año transitorio para que las entidades financieras se adaptaran a la nueva situación. Sin embargo, el Gobierno no desarrolló a tiempo el nuevo régimen, por lo que el Banco de España siguió publicando esos índices para hipotecas y los bancos, aplicándolos.

El supervisor decidió finalmente ampliar en otros seis meses la vigencia del IRPH, hasta el 6 de octubre, tiempo que el Ejecutivo aprovechó para preparar el nuevo régimen que, sin embargo, no fue introducido en el proyecto de ley de Emprendedores que se remitió al Congreso, sino en una enmienda del Grupo Popular.

El IRPH será sustituido por el tipo previsto en el contrato hipotecario, en caso de que exista o, en su defecto, por un nuevo valor: el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para la adquisición de vivienda libre concedidos por las entidades de crédito en España.

Este referente se extraerá de la "media de las diferencias entre el tipo que desaparece y el nuevo valor, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en que efectivamente se produce la sustitución del tipo", según se precisa en la disposición legislativa.

El cambio de referencia se aplicará a partir de la fecha de revisión que se prevea en cada contrato e implicará la novación automática del contrato "sin suponer una alteración o pérdida del rango de la hipoteca inscrita". "Las partes carecerán de acción para reclamar la modificación, alteración unilateral o extinción del préstamo o crédito como contrapartida de la aplicación de lo dispuesto en esta disposición", se añade en la ley.

Esta modificación ha causado malestar tanto entre las asociaciones de usuarios como entre los grupos de la oposición, que pedían que se sustituyera el IRPH por el euríbor más un máximo del 1% y que critican que con la decisión del Gobierno se mantendrán unas tasas de interés mucho más altas para estos clientes hipotecarios que para quienes tienen sus créditos referenciados al euríbor, en niveles muy inferiores actualmente.

La Asociación General de Consumidores Asgeco Confederación denuncia que el nuevo índice hipotecario beneficia más a los bancos que a los consumidores, al tiempo que ha recomendado a los clientes que lean la escritura del préstamo hipotecario y "obliguen" a la entidad a cumplirlo.

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