El juez exige 12.000 euros de fianza a dos ONG, UGT y CGT para que puedan querellarse por la muerte de Alpha Pam

El TC señala que la cuantía, en relación a los medios de los querellantes, no debe obstaculizar el ejercicio de la acción penal

El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Palma, Pedro Barceló, exige una fianza de 12.000 euros a dos ONG's -la Asociación de Senegaleses de Mallorca y la de Drets Humans de Mallorca- y dos sindicatos -UGT y la Confederación General de Trabajo de Baleares (CGT)- para que puedan ejercer acciones penales contra el conseller de Salud, Martí Sansaloni, y otros altos cargos del Govern a raíz del fallecimiento por tuberculosis del inmigrante senegalés Alpha Pam.

Pese a que fue a mediados del pasado mes de junio cuando las entidades interpusieron la querella por presuntos delitos de homicidio imprudente, prevaricación, coacciones, denegación discriminatoria de una prestación de carácter público y revelación de secretos, no ha sido hasta ahora cuando el magistrado ha condicionado el ejercicio de la acción penal contra el Ejecutivo balear a la prestación de los 12.000 euros -3.000 para cada uno de los querellantes-, tal y como han señalado fuentes de la causa a Europa Press.

Sin embargo, el artículo 20.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) limita la exigencia de fianzas y establece que no podrán ser solicitadas las que "por su inadecuación impidan el ejercicio de la acción popular, que será siempre gratuita". Es más, la jurisprudencia sentada al respecto avala la petición de estas cauciones "siempre que su cuantía, en relación a los medios de quienes pretenden ejercitarla, no impida ni obstaculice gravemente su ejercicio", lo que conduciría en la práctica "a la indefensión que prohíbe el artículo 24.1 de la Constitución".

Es por ello que, según una de las sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional (TC) al respecto, se trata de una cuestión que los tribunales "deben resolver con arreglo a criterios de legalidad", correspondiéndole así al TC dirimir si la fianza exigida "es o no gravemente desproporcionada, al punto de determinar el derecho fundamental invocado por merecer la calificación de arbitraria o manifiestamente irrazonable".

En otras causas no ha sido solicitada fianza

Se da la circunstancia además de que en otros procedimientos judiciales que se instruyen en Palma el juez encargado de los mismos no ha exigido fianza a quien ha interpuesto querella por unos determinados hechos, como es el caso del Grupo Municipal Socialista de Calvià, que ejerce la acusación popular en el caso que investiga el presunto desvío de 1,4 millones de euros públicos en la gestión de Ràdio Calvià, y en el que está querellado el actual conseller de Turismo del Govern y exalcalde del municipio, Carlos Delgado.

En el caso concreto de Alpha Pam, la querella iba dirigida asimismo contra el director general de Salud Pública y Consumo, Luís Rafael Santiso, el director del Servei de Salut, Miquel Tomàs, y el exdirector de la Fundación Hospital Comarcal de Inca, Fernando Navarro, quien fue cesado a raíz de estos hechos.

En su querella, el letrado que asiste a las anteriores entidades, Pablo Alonso de Caso, señalaba cómo los hechos "germinaron" a raíz de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 16/2012, que "supuso la exclusión de los ciudadanos extranjeros en situación administrativa irregular del sistema nacional de salud", excepto en supuestos especiales en los que "prima sobre cualquier otra cuestión el derecho a la vida y a la integridad tanto física como psíquica".

En el caso de las islas, señala que los querellados, de forma "arbitraria, conjunta y preconcebida", implantaron "burdamente" un sistema sanitario a los extranjeros no autorizados como residentes, estableciendo un mecanismo de cobro automático e "indiscriminado" por el "mero hecho de que carecieran de tarjeta sanitaria, sin tener en consideración si dichos extranjeros tenían derecho a la asistencia gratuita" o por encontrarse en uno de los supuestos especiales de la anterior Ley.

En este estado de cosas, apunta a "uno de los casos más graves y deplorables ocurridos a consecuencia de la maquinación fraudulenta impuesta por los querellados", en alusión a la muerte de Alpha Pam, que "no es un caso extraordinario y excepcional, sino que es el más trágico de los que han acontecido hasta la fecha y que, de no haber actuado los querellados de forma arbitraria, se hubiera evitado".

Fue el pasado 23 de febrero cuando Pam acudió al centro de salud de Can Picafort acompañado de su amigo Kalidou cuando le derivaron al hospital de Inca para que le realizaran una valoración y radiografía del tórax con la finalidad de confirmar o descartar el contacto con tuberculosis ante la sintomatología que presentaba.

Así, el día 28 acudieron al centro hospitalario con la hoja de derivación de Atención Primaria de Can Picafort, en la que la facultativa adscrita a este centro hizo constar "juicio diagnóstico contacto con tuberculosis" así como "plan de actuación derivo a urgencias del hospital comarcal de Inca para 'rx tórax' y valoración, ya que ha habido brote de 'tbc' (tuberculosis) en Can Picafort y sospechamos que éste sea el caso primario".

Prueba médica de cinco minutos y diagnóstico de bronquitis

A pesar de ello, la querella asevera que le fue denegado el acceso a urgencias por carecer de tarjeta sanitaria en el departamento de admisión. Días después, debido al empeoramiento de la salud del afectado, acudió de nuevo al hospital el 5 de abril, donde su amigo, "con contundencia y vehemencia", requirió al centro para que le atendieran, viéndose obligado a "chillar por la pasividad que el centro de salud mantenía ante el estado de salud del señor Pam y que le causaba una gran impotencia".

El centro decidió así admitirle, no sin antes cumplimentar el compromiso de pago, donde tuvo que esperar más de 40 minutos hasta que fue atendido. Según la denuncia, la asistencia médica duró apenas cinco minutos -previamente se le denegaron la radiografía del tórax que se le debía realizar-, siéndole diagnosticada una bronquitis. Días después y "de nuevo desesperadamente" ante el empeoramiento de su estado de salud, acudió al centro hospitalario pero se le denegaron las pruebas que le habían prescrito en Can Picafort.

Poco después, el 21 de abril, Pam falleció en su domicilio de Can Picafort. Los resultados de la autopsia que se le practicó confirmaron que murió por tuberculosis.

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