El Gobierno de Canarias concede a Agüimes más de 230.000 euros para la atención a dependientes

El Gobierno de Canarias ha autorizado este jueves en Consejo de Gobierno la concesión de una subvención al Ayuntamiento de Agüimes para cubrir parte de los gastos derivados del programa 'Prestación de Servicios a Personas en Situación de Dependencia: Respiro Familiar para Menores y Discapacitados Físicos y Psíquicos con Necesidades Educativas Especiales y Mantenimiento de la Residencia de Mayores Villa de Agüimes', por un importe de 231.554 euros.

El Gobierno de Canarias ha autorizado este jueves en Consejo de Gobierno la concesión de una subvención al Ayuntamiento de Agüimes para cubrir parte de los gastos derivados del programa 'Prestación de Servicios a Personas en Situación de Dependencia: Respiro Familiar para Menores y Discapacitados Físicos y Psíquicos con Necesidades Educativas Especiales y Mantenimiento de la Residencia de Mayores Villa de Agüimes', por un importe de 231.554 euros.

Según ha apuntado el Ejecutivo, existen razones de interés público y social para la concesión de la subvención, toda vez que supone la prestación de un servicio especializado, de ámbito municipal, dirigido a personas dependientes, encuadrado en el catálogo de servicios previstos en el artículo 15 de la citada Ley 39/2006, de 14 de diciembre, promocionando la autonomía personal y de atención a la dependencia.

En cuanto al programa 'Respiro Familiar', incide en el tratamiento de menores con necesidades educativas especiales en los meses de julio y agosto, época en que tienen vacaciones en los centros educativos y asistenciales.

Este servicio nace con la finalidad de dar respuesta a unidades familiares que demandan apoyo y atención, con lo que se logra una mejor integración de los menores mediante actividades lúdicas formativas por personal especializado y posibilita un respiro familiar en los meses estivales.

Con respecto a la Residencia de Mayores, se trata de la prestación de un servicio especializado de atención residencial a mayores de 65 años —y, en caso excepcional, menores de dicha edad— de forma que se garantice un servicio integral del usuario afectado por un deterioro cognitivo en situación de riesgo.

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