El Ayuntamiento de Albacete autoriza la práctica del botellón en la explanada de la Plaza de Toros durante la Feria

La Junta Local de Seguridad del Ayuntamiento de Albacete ha aprobado, con los correspondientes informes técnicos y la aprobación unánime, autorizar la "práctica del botellón", entendida como el consumo de bebidas preferentemente alcohólicas, exclusivamente en la explanada de la Plaza de Toros los días 7, 8, 12, 13 y 14 de septiembre.
Vista aérea del Recinto Ferial de Albacete
Vista aérea del Recinto Ferial de Albacete
EUROPA PRESS/AYUNTAMIENTO ALBACETE
Vista aérea del Recinto Ferial de Albacete

La Junta Local de Seguridad del Ayuntamiento de Albacete ha aprobado, con los correspondientes informes técnicos y la aprobación unánime, autorizar la "práctica del botellón", entendida como el consumo de bebidas preferentemente alcohólicas, exclusivamente en la explanada de la Plaza de Toros los días 7, 8, 12, 13 y 14 de septiembre.

No obstante, no podrá ocuparse, por razones de seguridad, las vías de emergencia próximas que corresponden con las calles Chicuelo II y García Más, recordando que no puede iniciarse antes de las 22.00 horas y que a las 6.00 horas comienzan los servicios de limpieza de la zona, ha informado el Ayuntamiento de Albacete en nota de prensa.

De este modo, el Ayuntamiento ha recordado que fue un compromiso de la alcaldesa y del equipo de Gobierno prohibir el botellón en la ciudad y "según informes de la propia policía podemos hoy hablar de la erradicación de la práctica del botellón en la ciudad".

"Pero también fue un compromiso de llevar a cabo una excepción en feria, por este motivo un año más se ha tratado de conjugar intereses de vecinos y hosteleros para lograr este difícil pero posible equilibrio", han asegurado.

Respecto del recinto ferial, Ejidos y Cuerda, se podrá seguir actuando, según viene siendo tradicional en Feria, en las instalaciones autorizadas los días que permanece abierto dicho recinto en el horario establecido.

No obstante, conviene recordar que en ambos casos y al margen de la citada autorización, todas aquellas conductas tipificadas en la Ordenanza Cívica relativas al uso de espacio público, limpieza y recogida de residuos deberán ser cumplidas de conformidad con lo dispuesto en la citada Ordenanza.

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