Reconocen judicialmente a dos trabajadores incapacidades permanentes totales por silicosis

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) y el juzgado de lo Social número 6 de Bilbao han fallado a favor de dos trabajadores afectados por silicosis de primer grado, otorgándoles una prestación por incapacidad permanente total, según ha informado CC.OO. de Euskadi.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) y el juzgado de lo Social número 6 de Bilbao han fallado a favor de dos trabajadores afectados por silicosis de primer grado, otorgándoles una prestación por incapacidad permanente total, según ha informado CC.OO. de Euskadi.

En ambas sentencias, según ha destacado, se afirma que la silicosis que tienen reconocida como enfermedad profesional les imposibilita para la realización del que era su trabajo habitual. El sindicato ha explicado que "este hecho no es usual, puesto que la jurisprudencia sobre la materia venía exigiendo una silicosis de segundo grado, que implica un mayor deterioro de salud, para el reconocimiento de la incapacidad permanente total para la profesión habitual".

En función de los datos aportados por CC.OO., la sentencia del TSJPV ratifica, frente al criterio del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), lo establecido con anterioridad por el Juzgado de lo Social número 6 de Bilbao y reconoce que O.P.S., de profesión cantero, tiene una silicosis de primer grado que le incapacita para esa profesión, "recalcándose ahora que existe situación de riesgo de continuar en ese puesto de trabajo".

El sindicato ha resaltado que el fallo otorga especial importancia a que el trabajador fue declarado como 'no apto' para el trabajo en el reconocimiento médico que le realizó el servicio de prevención ajeno. La primera sentencia fue recurrida por MC Mutual que, según ha lamentado CC.OO., "cuestionaba que el deterioro físico del trabajador fuese tan grande como para que no pudiese trabajar en su puesto habitual".

La sentencia del Juzgado de lo Social, por su parte, establece que el marmolista de la empresa Novogranit de Lemoa I.F.A. también está afectado por una silicosis de primer grado y le reconoce igualmente una incapacidad permanente total, "también contra el criterio del Instituto Nacional de la Seguridad Social".

El fallo valora que el trabajador, que en la fecha de la sentencia estaba en desempleo tras diez años trabajando en Novogranit, tendría "grandes dificultades" para ser contratado por una empresa para un puesto de trabajo similar al suyo cuando se le realice el preceptivo reconocimiento médico previo a la admisión a un puesto con exposición al riesgo de que la silicosis que padece se vea agravada.

Sentencias "pioneras"

El responsable de Salud Laboral de CC.OO. de Euskadi, Alfonso Ríos, ha valorado estas dos sentencias "pioneras a la hora de reconocer los derechos de los afectados por silicosis".

El sindicato considera que los afectados por silicosis, aunque sea de primer grado, tienen que ser "necesariamente apartados de su puesto de trabajo, puesto que seguir trabajando expuestos a polvo de sílice agravaría su estado de salud y deterioraría su calidad de vida".

Ríos ha criticado el papel que en los dos casos ha jugado el Instituto Nacional de la Seguridad Social, "denegando la prestación en primera instancia y también la reclamación administrativa previa, restando importancia al deterioro del estado de salud que iban a experimentar ambos trabajadores".

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