Empresas y autónomos canarios ya pueden sacar por Internet el certificado de estar al corriente en el pago de tributos

La Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad del Gobierno de Canarias ha habilitado en su página web la posibilidad de obtener a través de Internet las certificaciones de estar al corriente en las obligaciones tributarias, medida que beneficiará sobre todo a las empresas y autónomos, ya que no tendrán que acudir a las oficinas de la Administración Tributaria Canaria para gestionar estos documentos.

La Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad del Gobierno de Canarias ha habilitado en su página web la posibilidad de obtener a través de Internet las certificaciones de estar al corriente en las obligaciones tributarias, medida que beneficiará sobre todo a las empresas y autónomos, ya que no tendrán que acudir a las oficinas de la Administración Tributaria Canaria para gestionar estos documentos.

Estas certificaciones son necesarias para, entre otros trámites, contratar con las administraciones públicas, percibir subvenciones o ayudas, u obtener las autorizaciones necesarias para el transporte público o privado de viajeros y mercancías.

El director general de Tributos, Alberto Génova, ha explicado en una nota que se trata de trámites habituales para las empresas de las islas que se podrán realizar a partir de ahora "de una forma mucho más sencilla, con un ahorro considerable de tiempo evitando desplazamientos". Añade que el objetivo del Gobierno de Canarias es "mejorar la gestión y facilitar a los ciudadanos el cumplimiento voluntario de los deberes tributarios".

La solicitud y la expedición del certificado pueden realizarse en la página web de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad www.gobiernodecanarias.org/hacienda, en su apartado Sede Electrónica. El solicitante deberá disponer de un certificado electrónico para acreditar su identidad con el fin de acceder a este trámite.

En esta misma web también es posible efectuar otras gestiones como la presentación telemática del modelo 411 (Régimen General de Devolución Mensual del Impuesto General Indirecto Canario) y del 600 (Autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados).

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