El CGPJ alerta de que cargar a los PGE la compensación por copia privada podría "no ajustarse" a la normativa europea

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado este jueves el informe al Anteproyecto de Ley de modificación del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el que advierte del riesgo de que el sistema de pago de la compensación por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, que el anteproyecto planea consolidar, pueda no ajustarse a las exigencias derivadas del Derecho comunitario.

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado este jueves el informe al Anteproyecto de Ley de modificación del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el que advierte del riesgo de que el sistema de pago de la compensación por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, que el anteproyecto planea consolidar, pueda no ajustarse a las exigencias derivadas del Derecho comunitario.

Respecto a las modificaciones que afectan al régimen de la gestión colectiva, el informe señala que no parece coherente que vayan a poder operar dos tipos de agentes, unos no sujetos a control (los gestores libres o no autorizados) y otros sí (las entidades de gestión).

El informe subraya también que el anteproyecto no prevé conferir a las entidades de gestión la especial legitimación de que vienen disponiendo las entidades para actuar en toda clase de procedimientos administrativos y judiciales, lo que pasa por alto la misión de servicio público que las entidades realizan y que la ley les reconoce al exigir que obtengan autorización administrativa.

En cuanto al régimen de infracciones y sanciones a que quedan sujetas las entidades de gestión, el informe recomienda que la nueva infracción por incumplimiento de requerimientos de retirada de contenidos infractores dictados por la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual debería ubicarse mejor en la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, y la sanción de multa que lleva aparejada no tenga una cuantía diferente de la que la esta norma dispone para infracciones de la misma categoría.

Asimismo, el informe del CGPJ considera que el fortalecimiento de los mecanismos legales para la protección de los derechos de propiedad intelectual frente a las vulneraciones que puedan sufrir en el entorno digital, en concreto, la modificación de las diligencias preliminares del artículo 256.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, facilitará la preparación del juicio a quien pretenda ejercitar una acción por infracción de un derecho de propiedad intelectual, en especial cuando la infracción se haya cometido a través de la red, que es una de las lagunas que presenta la regulación actual.

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