Las hipotecas multidivisa, en entredicho: puede anularse

  • La mayoría de afectados, entre los 30.000 y 65.000, podrán pedir la nulidad del contrato por vicio en el consentimiento.
  • Lo asegura Iure Abogados, que se apoya en la sentencia de un juzgado de primera instancia de diciembre de 2012.
  • El tipo de interés estaba referido al líbor de Londres, en lugar de al euríbor.
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Las hipotecas multidivisa para la compra de vivienda están ahora mismo en entredicho. La mayoría de los clientes de hipotecas multivisas podrán pedir la nulidad del contrato por vicio en el consentimiento, puesto que la jurisprudencia ha considerado que estos contratos debían estar dirigidos a profesionales en materia de finanzas.

Estas hipotecas comercializadas entre los años 2005 y 2007 eran préstamos basados en otra moneda, generalmente francos suizos o yenes, cuyo tipo de cambio variaba en función de la fluctuación del tipo de divisa. Además, el tipo de interés estaba referido al tipo interbancario de Londres, líbor, en lugar de al euríbor. El número de afectados oscila entre los 30.000 y los 65.000.

Así lo asegura Iure Abogados, que se apoya en la sentencia de un juzgado de primera instancia de Barcelona de diciembre de 2012 que consideró que este tipo de contratos hipotecarios presentan un importante nivel de complejidad, por lo que debe conocerse tanto la operativa de los tipos de interés de otros países como las variaciones en el mercado de divisas.

Así, el bufete de abogados asegura que "las entidades financieras no han cumplido con los deberes de información que les exige la normativa legal para que el cliente tenga un adecuado conocimiento del contrato".

Según el abogado especialista en derecho concursal de la entidad, Marta Arnal, el cliente debe intentar una negociación amistosa con la entidad financiera en primera instancia. Si se llega a un acuerdo, recomienda interponer una demanda solicitando la nulidad del contrato.

El plazo para solicitar la nulidad del contrato es de cuatro años desde la firma del mismo.

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