El Constitucional confirma que la Audiencia Nacional debe juzgar a Otegi por participar en el homenaje a una etarra

  • Desestima un recurso presentado por Otegi contra un auto del TS del País Vasco.
  • En él se declaraba falto de competencia para juzgar a Otegi por un delito de enaltecimiento terrorista y remitía el caso a la Audiencia Nacional.

El Tribunal Constitucional ha decidido no admitir un recurso presentado por Arnaldo Otegi contra el auto del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el que éste se declaró falto de competencia para juzgarle por un presunto delito de enaltecimiento terrorista en un homenaje a una etarra fallecida y remitió el caso a la Audiencia Nacional.

El TC considera que el recurso del portavoz de la ilegalizada Batasuna carece de contenido constitucional porque no se ha vulnerado el derecho a un juicio con todas las garantías y el derecho a la tutela judicial efectiva con la decisión del TSJPV.

A su juicio, "lo único" que determina el auto impugnado es la falta de competencia del tribunal vasco al perder Otegi su condición de aforado.

El alto tribunal vasco ya juzgó en 2004 a Otegi cuando mantenía la condición de aforado como parlamentario en la Cámara de Vitoria por su participación en el homenaje de la etarra Olaia Castresana, fallecida en 2001 al manipular un explosivo.

Sin embargo, la condena de 15 meses de cárcel que el TSJPV impuso al líder abertzale fue anulada por el Tribunal Supremo, que ordenó repetir el juicio.

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