El juez remite a la Audiencia la investigación sobre un jubilado y sus hijos por presunto blanqueo de capitales

El juzgado de Instrucción número 15 de Valencia, encargado de investigar un agujero millonario en la gestión de la depuradora de Pinedo, ha remitido a la Audiencia Nacional una nueva pieza del 'caso Emarsa', la relativa al presunto delito de blanqueo de capitales cometido por el jubilado de Aldaia, Vicente Gil, y sus dos hijos, Vicente José y María Yolanda Gil Blay.

El juzgado de Instrucción número 15 de Valencia, encargado de investigar un agujero millonario en la gestión de la depuradora de Pinedo, ha remitido a la Audiencia Nacional una nueva pieza del 'caso Emarsa', la relativa al presunto delito de blanqueo de capitales cometido por el jubilado de Aldaia, Vicente Gil, y sus dos hijos, Vicente José y María Yolanda Gil Blay.

Así consta en un auto con fecha de este viernes —facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV)—, en el que acepta la petición de la fiscal de inhibirse de la pieza 7 de la causa, al considerar que los hechos investigados en la misma tuvieron lugar fuera de España. Mientras no haya decisión judicial firme de la competencia —por parte de la Audiencia—, este juzgado seguirá con las diligencias.

Hace algo más de una semana, el magistrado también acordó remitir a la Audiencia —también tras requerirlo el ministerio público— la pieza número 8, en la que se investiga un presunto delito de blanqueo de capitales imputado a María Aguila Aladren, expareja del empresario fugado, Jorge Roca.

La pieza número 7 se abrió por un presunto delito de blanqueo de capitales contra el jubilado de Aldaia, Vicente Gil, y sus dos hijos, Vicente José y María Yolanda Gil Blay, que, al parecer, recibían dinero del fugado y principal acusado en la principal causa, Jorge Ignacio Roca Samper.

Vicente Gil y sus hijos, propietarios de dos fábricas ubicadas en Aldaia —Abanicos Gil y Blay y Creaciones Coscollar—, ya estaban imputados en la causa principal, pero luego se abrió una pieza separada para investigar los hechos en los que podrían estar relacionados.

Según se recuerda en el auto, Vicente Gil y sus dos hijos abrieron una cuenta en Andorra en julio de 2006, que no presentó un saldo positivo hasta septiembre de 2010. Asimismo, el padre abrió junto a Roca otra cuenta en el Principado en octubre del mismo ejercicio.

En la primera cuenta se ingresó entre octubre de 2009 y abril de 2010 un total de 690.108,50 euros procedentes de una cuenta de una mercantil propiedad de Roca. Luego, esta suma se transfirió fundamentalmente a empresas chinas, según se desprende la documentación que obra en la causa. Los fondos procedentes de la empresa del empresario fugado son, indiciariamente, fondos públicos procedentes de Emarsa.

Así, los hechos atribuidos a los imputados fueron cometidos en el Principado de Andorra. No obstante, para determinar la competencia de la instrucción de esta pieza, hay que atender a si el sujeto activo es aforado; si el delito investigado es de los atribuidos a la competencia de la Audiencia Nacional o del Tribunal del Jurado; y debe estarse al elemento común u ordinario.

Al respecto, el juez indica que los imputados son españoles, pero no aforados; y el delito que se les imputa ha sido cometido indiciariamente fuera de las fronteras, por lo que "la competencia objetiva para conocer del procedimiento corresponde a la Audiencia Nacional", señala.

En esta línea, agrega que en esta pieza se investiga un delito "independiente" y "autónomo" del principal, que guarda una "limitada" relación de conexidad derivada de la "necesidad" de la existencia de un delito previo del que provienen los bienes blanqueados. Por todo, acepta la petición del fiscal y se inhibe a favor del órgano nacional.

Responsabilidad el hermano de cuesta

Por otro lado, en una providencia paralela, el magistrado acuerda alzar la medida cautelar de embargo sobre los saldos de dos cuentas bancarias de José Ramón Cuesta, hermano del exgerente de Emarsa, Esteban Cuesta, por estimar "suficientes", en principio, los bienes ya embargados.

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