Seis meses de prisión para cada uno de los dos acusados de ser intermediarios de unas redes de 'phising'

Recibían el dinero que otros miembros de la red sacaban sin autorización de cuentas de terceros y lo reenviaban al extranjero

El Juzgado de lo Penal Número 4 de Santander ha condenado a seis meses de prisión a un hombre y a otros tantos a una mujer como autores de sendos delitos de estafa al ser "cooperadores necesarios" e intermediarios de redes de 'phising', dedicadas a sacar dinero de las cuentas bancarias de terceros usando, sin autorización, su clave de internet de acceso.

Se trata de SA.G.M. y SC.G.B., quienes, de forma separada y en distintos casos, contactaron en 2010 por correo electrónico con empresas o terceras personas desconocidas a las que facilitaron sus números de cuenta y aceptaron recibir en ellas cantidades de dinero "de ignorada procedencia" y, a cambio de una comisión, se comprometían a extraerlas y enviarlas a través de empresas de envío de dinero a las personas y direcciones que les facilitasen.

Las personas a las que pertenecía el dinero que se ingresaba en las cuentas de ambos "jamás prestaron su conocimiento" para efectuar dichas transferencias qeu fueron ordenadas por pwesonas desconocidas "que habían obtenido por medios que todavía se desconocen las claves de accso para operar online" en las cuentas de estos titulares.

Las cantidades transferidas sin permiso de los titulares a las cuentas de los acusados superaban eran de uno 1.900 euros en el caso de SA.G.M. y de unos 3.000 en el de SC.G.B., según se relata en las dos sentencias del Juzgado de lo Penal Número 4 de Santander.

A los acusados, una vez recibir en sus cuentas estas cantidades, se les ordenó remitirlas a terceras personas a direcciones radicadas en el extranjero, entre otras, en San Petersburgo (Rusia).

SC.G.B. cobraba por colaborar con la empresa con la que contacto, que supuestamente era de subastas, por una comisión del 5 por ciento de cada transferencia, mientras que la mujer acusada, SC.G.B. recibía 150 euros por cada operación. Hay afectados a las que se les quitó dinero de su cuenta que aún no les ha sido reembolsada.

En ambos casos, la magistrada-juez que ha dictado la sentencia considera que los acusados tenían "pleno conocimiento de la ilicitud de su actividad", actuando con "claro ánimo de obtener un beneficio economico ilícito".

La magistrada considera a ambos responsables de sus delitos de estafa en concepto de "cooperador necesario" al haber ejecutado los "hechos directa, personalmente y con conciencia y voluntad prestando una colaboracion esencial y eficaz para el efectivo desapoderamiento patrimonial".

De hecho, señala que "sin su relevante aportación causal" el delito "no hubiera podido consumarse".

A su juicio, de las pruebas obtenidas contra ambos eran "perfectos conocedores" de que estaban colaborando en una actividad ilícita.

En su opinión, existieron evidencias en sus comunicaciones con los contactos que debieron hacerles alertarles de la ilegalidad.

La pena de prisión a la que han sido condenados, seis meses a cada uno, es inferior a la solicitada por el Ministerio Fiscal, que era de un año y seis meses. Ambas sentencias están recurridas ante la Audiencia Provincial.

Para la juez, estos acusados formaban parte, probablemente, de una redes dedicados al denominado 'phising', casos de delincuencia organizada en el que mediante artificios informáticos se descubren las claves de clientes para operar en sus cuentas bancarias por internet y, valiéndose de personas como SA.G.M. y SC.G.B., se tranfieren el dinero de sus cuentas a la de estos intermediarios que se encargan de reenviarlo al extranjero, a paises como Rusia o Ucrania.

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