Condenan a Bankia a devolver 74.400? a un cliente con el que usó "maquinaciones" para que comprara acciones

El juzgado de Primera Instancia número 3 de Valencia ha condenado a Bankia a devolver 74.400 euros a un cliente con el que utilizó "maquinaciones insidiosas" para que canjeara participaciones preferentes por acciones. Estima que existió dolo ya que solo se informó al perjudicado de lo favorable y se le ocultó la mala situación económica de la entidad.

El juzgado de Primera Instancia número 3 de Valencia ha condenado a Bankia a devolver 74.400 euros a un cliente con el que utilizó "maquinaciones insidiosas" para que canjeara participaciones preferentes por acciones. Estima que existió dolo ya que solo se informó al perjudicado de lo favorable y se le ocultó la mala situación económica de la entidad.

De esta forma, el magistrado ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por el cliente, representado por el abogado Eduardo Barrau —también letrado de Adicae— y ha declarado la nulidad de los contratos de oferta de recompra y suscripción de acciones de Bankia formalizados con cliente el 9 de marzo de 2012.

Según consta como probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el demandante, sin otra formación que cinco cursos de formación primaria elemental, trabajó hasta su jubilación en una pequeña empresa familiar dedicada a la fontanería, con forma societaria de Sociedad Limitada.

Era cliente de Bancaja —luego Bankia— desde antes de 2002, y aunque no tenía conocimientos financieros, le gustaba invertir su dinero o sus ahorros en los productos que mayor rentabilidad pudieran ofrecerle, aunque ello supusiera asumir algún riesgo.

Así, a partir de 2002, adquirió en la entidad obligaciones subordinadas, participaciones preferentes y deuda subordinada. Estos productos le proporcionaron una rentabilidad de 15.673,71 euros. En marzo de 2012, recibió una carta del banco en la que se le ofrecía la posibilidad de sustituir los valores que tenía por acciones de nueva emisión, y se le señalaba que para obtener más información, debía acudir a su oficina.

En ese momento, se le informó que si compraba acciones, iba a formar parte del accionariado de Bankia, cuyos activos ascendían a 305.820 millones de euros, pero no se le daba información alguna sobre el pasivo. Además, se le advertía de que de no aceptar la oferta, seguiría siendo titular de estos productos, pero en caso de querer venderlos en el futuro podría tener un precio inferior a su valor nominal y no estaba garantizada una negociación rápida.

Tras recibir la carta, el cliente se presentó en la oficina, donde llegó "muy enfadado" porque quería recuperar su dinero. En ese momento, una de las empleadas le dijo que los productos que tenía, las participaciones preferentes, no eran líquidas porque el mercado estaba bloqueado al no haber demanda y no podía venderlas, y le ofreció la posibilidad de canjear y, así, recuperar su dinero.

Asimismo, le comentó que ella también tenía preferentes y que iba a canjearlas. Luego le explicó en qué consistía el canje, le hizo un test e, incluso, le dio unos papeles y le indicó que se los llevara a casa y los consultara. El hombre formalizó en ese momento la operación de canje.

"mala fe"

Ante estos hechos, el juez estima que la entidad bancaria cometió dolo para conseguir el consentimiento de la víctima en la operación de canje, tanto porque actuó "con mala fe" como porque, por medio de sus empleados, "maquinaron" para "engañar" al cliente y para que éste prestara el consentimiento.

Así, pone como ejemplo que si la persona de confianza la víctima —empleada del banco— le dice que ella va a actuar así —canjeando preferentes— es "normal" que el cliente le crea y acepte el canje ya en ese momento, pues se le ofreció examinar los documentos en casa y lo descartó "precisamente" por la confianza en la trabajadora.

Con todo, considera que Bankia, por medio de sus directivos y valiéndose de sus empleados, empleó "palabras o maquinaciones insidiosas" capaces de mover la voluntad de la otra parte, "inducida por el error provocado", pues solo se informaba de lo favorable para el cliente y se le ocultaba la mala situación económica de la entidad.

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