Un juzgado rechaza la aplicación del decreto de recortes a trabajadores públicos a empleados de Gespa

El juzgado de lo social número 1 de Valencia ha estimado la demanda de CCOO contra la decisión de la mercantil gestión y Servicios de Paterna (Gespa), dependiente del Ayuntamiento de esta localidad valenciana, de aplicar a sus trabajadores medidas contempladas en el Real Decreto que fijaba determinados recortes a los funcionarios al considerar que su aplicación no puede alcanzar "en modo alguno al mero personal laboral de sociedades mercantiles públicas", como este caso.

El juzgado de lo social número 1 de Valencia ha estimado la demanda de CCOO contra la decisión de la mercantil gestión y Servicios de Paterna (Gespa), dependiente del Ayuntamiento de esta localidad valenciana, de aplicar a sus trabajadores medidas contempladas en el Real Decreto que fijaba determinados recortes a los funcionarios al considerar que su aplicación no puede alcanzar "en modo alguno al mero personal laboral de sociedades mercantiles públicas", como este caso.

De esta forma, el juzgado, en una sentencia contra la que cabe recurso al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat, estima la demanda y deja sin efecto las medidas acordadas por la empresa para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad en materia de asuntos propios, vacaciones y complementos de incapacidad temporal, en cuyo caso se mantienen los regímenes vigentes.

La sentencia considera probado que Gespa —que cuenta entre 350 y 400 trabajadores—, cuyo socio único es el Ayuntamiento de Paterna (Valencia), comunicó a sus empleados la aplicación de lo recogido en dos artículos del Real Decreto mientras que CCOO solicitó que se declararan "no ajustadas a derecho" y se "dejen sin efecto" estas medidas.

En este caso, el juez indica que se plantea un "conflicto colectivo de carácter puramente jurídico" en un supuesto de relaciones laborales entre los trabajadores en régimen laboral con una mercantil que, por ser unipersonal y dependiente de un ayuntamiento, está incardinada entro de una sociedad mercantil local, que no puede prestar servicios públicos que impliquen ejercicio de autoridad.

Al respecto, añade que las sociedades mercantiles locales se regirán por el ordenamiento jurídico privado, que es diferente al de las corporaciones locales y que disfruta de un estatuto y régimen diferente al de las corporaciones locales. En este caso, sostiene que no pueden aplicarse los dos artículos del decreto porque uno de ellos —el 8— modifica dos artículos del Estatuto Básico del Empleado Público, que no es de aplicación de forma directa a los trabajadores en régimen laboral y que, tampoco los trabajadores de la entidad demandada tienen la cualidad de funcionarios públicos.

En relación con el segundo artículo, el 9, apunta que a falta de previsión específica, el personal de las sociedades mercantiles públicas como entidad de derecho privado no queda sometido a las previsiones de esa norma que tienen como destinatario "no todo el sector público sino solo el personal que presta servicios en administraciones públicas, organismos y entidades dependientes de ellas y órganos constitucionales.

Sentencia "trascendental"

Por su parte, CCOO, en un comunicado, afirma que la sentencia "constata que las sociedades mercantiles creadas por las administraciones públicas no están afectadas por el decreto de recortes de Rajoy".

La organización sindical "considera de gran importancia esta sentencia, ya que respeta las condiciones previas del personal y diferencia claramente las entidades que no están sometidas al decreto" que, "entre muchos otros aspectos, introdujo importantes restricciones a las condiciones de trabajo de los empleados públicos".

El sindicato considera que esta sentencia es de una "importancia trascendental" porque "diferencia claramente lo que debe ser entendido como 'sector público', más amplio, de lo que debe entenderse como 'Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o dependientes de las mismas', a los que sí afecta el RDL 20/2012 en toda su extensión y contenido".

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