La Audiencia resolverá si la Infanta podía impugnar la personación del PSPV pese no ser parte en la causa

Los concejales alegan que la Duquesa de Palma no estaba legitimada para recurrir porque ya no era parte en esta causa judicial
Infanta Cristina
Infanta Cristina
EUROPA PRESS
Infanta Cristina

La Audiencia Provincial de Baleares deberá resolver si la Infanta Cristina estaba legitimada para impugnar la personación en el caso Nóos de los concejales del Grupo Socialista del Ayuntamiento de Valencia como acusación particular colectiva, después de que el juez José Castro haya elevado al órgano judicial el recurso interpuesto por los regidores contra las alegaciones que emitió la hija del Rey Don Juan Carlos justo el día en que la Audiencia había dejado sin efecto su imputación en la causa.

Así lo ha acordado el magistrado mediante un escrito al que ha tenido acceso Europa Press, que ha remitido al tribunal de la Sección Segunda junto a varias resoluciones y escritos relativos a la personación de los ediles del PSPV, entre los que se encuentra la admisión de los concejales como parte en esta causa así como la impugnación que contra su personación presentó la Infanta, de cara a que la Audiencia pueda resolver sobre si ella podía proceder de este modo.

En su recurso de apelación, los concejales alegaban que la Infanta no puede solicitar nuevas actuaciones al considerar que ya no es parte en este procedimiento judicial, después de que la propia Audiencia suspendiese su imputación, con lo cual ha perdido "todos los derechos" que le asisten en virtud del articulo 302 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), que establece que "las partes personadas podrán tomar conocimiento de las actuaciones e intervenir en todas las diligencias del procedimiento".

Por su parte, la Infanta recurrió la personación de los concejales al alegar que no están legitimados para ello por no representar "ni a un Ayuntamiento ni a un partido político", sino que están ejerciendo esta acción a título individual.

Y es que, a juicio de los letrados Miquel Roca y Jesús María Silva, cada uno de los regidores personados debería ejercer la acción popular bajo una misma representación letrada, de conformidad con la Ley vigente y ante la "palmaria 'vis atractiva' de un proceso con la repercusión mediática" como sucede en el caso Nóos, "en el que van apareciendo a cuentagotas sucesivas personas o entidades interesadas en ejercer la acusación popular".

El escrito de la Infanta se adhería a la impugnación presentada por su parte por Urdangarin, contra el que también se pronunciaron los ediles recriminando que el imputado tilde de "innecesario" y "reiterativo" el papel de los regidores en este proceso judicial por ser la Fiscalía la que ya ejerce la acción penal en el marco de esta causa.

Según los ediles,

La fiscalía no tiene "monopolio" en la acción penal

Los concejales discrepan de los argumentos esgrimidos por el imputado y le recuerda que, tal y como ya ha expuesto el Tribunal Supremo en distintas ocasiones, "a diferencia de otros sistemas (Francia o Italia) en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) no rige el principio del monopolio del Ministerio Fiscal en cuanto al ejercicio de la acción penal".

Tal y como recuerda la representación procesal de los socialistas, éstos decidieron personarse a raíz de los contratos suscritos entre la Fundación Turismo Valencia Convention Bureau (FTVCB), la Ciudad de las Artes y las Ciencias (CACSA) y el Instituto Nóos para la organización de los eventos Valencia Summit, por los que la entidad entonces presidida por Urdangarin percibió unos tres millones de euros. "Hay cuestiones [sobre estos convenios] que aún no se han debatido y que esta parte se propone impulsar procesalmente", incide.

Y, en este contexto, los ediles defienden estar legitimados para ejercer la acusación particular en virtud del artículo 7.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), a pesar de que la defensa de Urdangarin asevera que "no son ofendidos ni agraviados por el delito: no son víctimas, ni siquiera perjudicados directos", tal y como alegaba el Duque en su recurso de apelación al que posteriormente se adhirió la defensa de la Infanta.

Cabe recordar que el juez Castro admitió la personación de los concejales socialistas de Valencia como acusación particular colectiva "en su doble condición de representantes de al menos una parte de los ciudadanos afectados" por un presunto desvío de fondos públicos al Instituto Nóos, y de "obligados a la defensa del correcto funcionamiento de la Corporación municipal", ante su "responsabilidad de velar por la observancia de determinados valores que estiman conculcados".

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