Parlamento aclara que la rebaja de retribuciones de diputados es equivalente a la del personal de Junta y altos cargos

El Parlamento andaluz ha aclarado este martes que la cuantía de la reducción sufrida en las retribuciones de los diputados es equivalente a la del personal al servicio de la Junta de Andalucía y sus altos cargos, y que la única diferencia es "el procedimiento que se sigue para su detracción".

El Parlamento andaluz ha aclarado este martes que la cuantía de la reducción sufrida en las retribuciones de los diputados es equivalente a la del personal al servicio de la Junta de Andalucía y sus altos cargos, y que la única diferencia es "el procedimiento que se sigue para su detracción".

En respuesta a las informaciones publicadas acerca de las retribuciones recibidas por los diputados, el Parlamento andaluz precisa en un comunicado que, mientras que en el caso de la Junta la detracción se realiza en los meses de junio y diciembre, en el caso de los diputados se realiza con carácter mensual.

Asimismo, la Cámara andaluza señala que la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía, procedente del Decreto-ley 1/2012, prevé, para el personal al servicio de la Administración Pública, reducir las pagas extraordinarias en una cuantía equivalente al importe del complemento específico correspondiente a los meses de junio y diciembre.

En el mismo ejercicio, las retribuciones de los altos cargos sufren una reducción que oscila entre el 7,5 por ciento del presidente de la Junta de Andalucía y el seis por ciento de los delegados provinciales. Dicha reducción se realiza sobre el importe de las pagas extraordinarias, se añade en el citado comunicado.

El Parlamento de Andalucía, por acuerdo de 13 de febrero de 2013 (ya antes lo había prefigurado en acuerdo de 5 de julio de 2012) establece, en relación con las retribuciones de los diputados de la Cámara, medidas semejantes a las establecidas en la mencionada ley con una reducción que oscila entre el diez por ciento del presidente del Parlamento de Andalucía y el 7,1 por ciento de los diputados.

La única salvedad estriba, —según insiste el Parlamento—, en que, al contrario de lo que ocurre para el personal al servicio de la Junta de Andalucía y sus altos cargos, esta reducción, en lugar de llevarse a cabo sobre el importe de las pagas extraordinarias, "se realiza prorrateada con carácter mensual, toda vez que los diputados no tienen complemento específico".

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