Veinte años de cárcel para el acusado de matar a otro hombre de cinco disparos en Mompía

La Audiencia le condena a 17 años por asesinato y a 3 por tenencia ilícita de armas y a una indemnización de 280.000 ? a los familiares
Juicio del asesinato de Mompía
Juicio del asesinato de Mompía
EUROPA PRESS
Juicio del asesinato de Mompía

La Audiencia Provincial ha condenado a un total de 20 años de cárcel para el hombre acusado de matar a otro de cinco disparos efectuados con una pistola en octubre de 2011 en su casa de Mompía.

La Sección Tercera de la Audiencia considera a Rubén H.P. culpable de un delito de asesinato, por el que le impone 17 años, y otro de tenencia ilícita de armas, por le condena a otros tres.

En la imposición de penas, la Audiencia ha considerado como atenuante en el delito de asesinato la reparación del daño, mientras que en el de la tenencia ilícita de armas se ha aplicado la agravante de reincidencia.

280.000 ?

De indemnización para los familiares

Además de la condena de prisión, el acusado deberá indemnizar a los familiares de la víctima, N.FP., con un total de 280.000 euros: 120.000 a la pareja; 50.000 a cada uno de sus tres hijos y 10.000 al padre.

Esta indemnización no coincide con la petición del fiscal y es inferior a la solicitada por el Ministerio para la pareja (145.000) y los hijos (62.000 para cada uno), si bien supera la que se reclamó para el padre (6.000).

Además, se impone a Rubén H.P., en prisión provisional desde que ocurrieron los hechos, la prohibición de acercarse a menos de 300 metros a la compañera sentimental, al padre y a los hermanos de la víctima —varios de estos últimos reconocidos atletas cántabros—.

La sentencia, que se ha conocido este martes, se ha dictado catorce días después de que el jurado declarara culpable al acusado.

Repaso a las conclusiones del jurado

En la sentencia, la magistrada presidente del Tribunal, Paz Aldecoa, ha realizado un repaso de las conclusiones del jurado, que el pasado 10 de mayo declaró por unanimidad al acusado culpable de matar a N.FP. en octubre de 2011 "valiéndose para ello de un ataque repentino y sorpresivo que impidió que la víctima se defendiese y garantizando así la consecución de su objetivo mortal".

Para el jurado, el día de autos el acusado escribió mensajes telefónicos a su expareja para que acudiera a su domicilio en Mompía, a lo que ella aceptó y acudió acompañada de la víctima y su pareja.

Además, ocho de los nueve miembros del jurado consideraron probado que cuando los tres llegaron a casa de Rubén, que había ingerido bebidas alcohólicas con anterioridad y consumido cocaína, éste, al ver frustrado su propósito inicial de permanecer a solas con su expareja y mantener relaciones sexuales con ella, reaccionó enfureciéndose e insultando a todos ellos, en especial a su expareja, originándose un altercado en el que la víctima medió.

Asimismo, todo el jurado cree que, ante esa situación, Rubén invitó al fallecido a que le acompañara a su habitación, propuesta a la que N.FP. accedió yendo tras el acusado. La víctima, pensando que la discusión se resolvería amistosamente, entró confiadamente a la habitación donde se encontraba Rubén, que previamente había cogido la pistola y la había cargado con proyectiles.

Sin que la víctima lo esperase, "de forma sorpresiva" y sabiendo que N.FP. no podría defenderse dada la "rapidez" con que Rubén sacó el arma, le disparó cinco veces seguidas a una distancia inferior a medio metro, alcanzándole tres balas en el tórax, afectándole a órganos vitales; impactando una cuarta en la parte posterior del brazo izquierdo; y un quinto proyectil, en el tercer dedo de la mano derecha. Esto provocó a la víctima una "intensa hemorragia aguda por shock hipovolémico que le produjo la muerte".

El jurado también creyó probado que el acusado, en el momento de los hechos, tenía su capacidad de decisión y su voluntad "ligeramente disminuidas", pero en ningún caso totalmente anuladas o considerablemente mermadas, por efecto del alcohol y la cocaína. Y también opinó que el acusado se entregó a la Guardia Civil porque sabía que ya le estaban buscando.

En la sentencia, la magistrada hace alusión, entre otros aspectos, a la "intención de matar" que observó el jurado, que consideró que la acción se incardina plenamente en el concepto de "alevosía sorpresiva".

Coincidencia con el fiscal en la pena prisión

La pena de prisión a la que ha sido condenado Rubén H.P. coincide con la solicitada por el fiscal, no así con la de la acusación particular, que elevaba su solicitud hasta los 21.

Por su parte, la defensa solicitó tras conocer el veredicto del jurado que se le impusiese una pena de siete años y medio por asesinato y nueve meses por tenencia ilícita de armas, menos de lo que había pedido durante el juicio (dos años por homicidio y uno por tenencia de armas).

La sentencia no es firme y contra ella puede interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en un plazo de 10 días desde la notificación de la misma.

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