Condenados a penas de entre 22 y 24 años de cárcel los tres acusados de matar a dos jóvenes en Ujo

Considerados responsables conjuntos del homicidio de David y Juan Ferreduela, y del intento de homicidio contra los hermanos Gabarre

Los tres principales acusados por los crímenes de Ujo, cuando los miembros de una familia gitana de luto atacaron a los de otra que celebraba un cumpleaños cerca de su casa, y en los que fallecieron David y Juan Ferreduela, han sido condenados a penas que van de los 22 a los 24 años de cárcel.

La sentencia de la sección tercera de la Audiencia Provincial de Asturias, hecha pública este jueves, condena a Carlos Vargas Hijo, principal acusado, a un total de 24 años de cárcel. Además, su padre, Carlos Vargas ha sido condenado a otros 22 años, al igual que su otro hijo, José Vargas Jiménez.

Pese a considerar probado de fue Carlos Vargas Hijo quien efectó los disparos que acabaron con la vida David Ferreduela Gabarre y Juan Ferreduela Barrul, el fallo considera que los tres acusados son responsables en concepto de autores, por haber realizado voluntaria y conjuntamente los tipos penales señalados, rechazando así la versión del principal acusado, Carlos Vargas hijo, que se atribuía la culpabilidad, excluyendo a los otros dos.

También considera a los tres autores de dos delitos de homicidio intentado sobre Jonathan Gabarre Vargas y José Luis Gabarre Vargas, a quienes no lograron matar.

La decisión del tribunal rechaza además la alegación de la "legítima defensa" planteada por los abogados de los ahora condenados, por entender que la jurisprudencia al respecto no coincide con los hechos señalados: "son los acusados los que inician con su actitud impositiva y provocadora los sucesos enjuiciados, quienes detienen los vehículos instando a sus ocupantes a bajarse para a continuación desplegar una conducta violenta que determinó la existencia de un forcejeo y la pelea subsiguiente, cuya evolución determinó los disparos con el arma que portaba uno de los acusados y la escalada agresiva por parte de su padre y hermano", señala la sentencia.

HECHOS

El tribunal señala que el día 20 de julio de 2010, las familias Ferreduela y Barrul se encontraban en un área recreativa de Ujo (Mieres), desarrollando una fiesta de cumpleaños. Sobre las 19.00 horas se acercó al lugar el acusado, José Vargas Jiménez, que tenía su domicilio en las inmediaciones, recriminándoles la celebración, puesto que su familia se encontraba de luto por el fallecimiento de su madre. Tras mantener una breve conversación con José Luis Gabarre, es calmado por Juan Ferreduela, quien le acompaña a su vivienda, y regresa al merendero. En ese momento, varios integrantes de la familia Gabarre deciden abandonar el lugar procediendo a recoger sus enseres e introducirlos en sus respetivos coches.

Simultáneamente, el acusado José Vargas Jiménez fue en búsqueda de su padre, el acusado Carlos Vargas Jiménez, y de su hermano, el también acusado, Carlos Vargas Jiménez, que igualmente residían en las proximidades del lugar. Deciden de forma conjunta y de mutuo acuerdo, tras proveerse de diversos instrumentos -vara de fibra, cachaba y una pistola-, acudir al lugar de la celebración con la intención de enfrentarse a los allí presentes, y en su caso ejecutar los actos letales que surgieran.

En el trayecto se encuentran, con los Gabarre Vargas, quienes circulaban en sus respectivos vehículos, abandonando el lugar. Los acusados golpean el vehículo que conducía José Luis Gabarre, cominándole a que bajara del mismo, como así hace, y enzarzándose en un pelea con Carlos hijo a la que acto seguido se une Carlos Vargas padre acompañado de José Vargas Jiménez.

En ese momento Jonathan Gabarre Vargas, que circulaba precediendo al vehículo de su hermano, desciende del suyo, iniciándose entre los miembros de las dos familias una reyerta, en el curso de la cual el acusado, Carlos Vargas hijo, dispara con una pistola primero al aire y a continuación a David Ferreduela Gabarre y a Juan Ferreduela, a los que provoca la muerte instantánea.

También efectuó disparos contra José Luis Gabarri Vargas, al que alcanza en el pecho, y contra Jonathan Gabarre Vargas, si bien en esta ocasión el arma se encasquilla y no pudo efectuar el disparo.

Durante el curso de los hechos los tres acusados golpearon con los objetos que portaban en sus manos a Adelina Vargas Gabarre, así como a las hijas de ésta, María Dolores Gabarre Vargas y María del Carmen Gabarre Vargas, que habían acudido a socorrerla.

Las condenas incluyen, no solo los dos homicidios, sino también los homicidios en grado de tentativa (siete años para cada uno), así como penas por delitos de lesiones. Además, se les imponen indemnizaciones subsidiarias por un total de más de 415.000 euros.

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