El juez declara en concurso a Pescanova y aparta a Fernández de Sousa de la dirección

Será nombrado un administrador concursal designado por la CNMV, que deberá contactar con los más de 50 acreedores
Factoría de Pescanova
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EUROPA PRESS
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El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra ha dictado auto en el que se declara a Pescanova en concurso de acreedores, y en el que también se aparta al consejo de administración, presidido por Manuel Fernández de Sousa, de la dirección de la empresa, ya que "el mantenimiento de la facultades patrimoniales del deudor entraña evidentes riesgos".

En el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, se considera que Pescanova S.A. ha acreditado su "estado de insolvencia", y se determina que "las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio quedan suspendidas", por lo que las riendas de la empresa pasarán a manos de un administrador concursal designado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

A ese respecto, el juez pone de relieve que Pescanova ha incumplido su deber de formular las cuentas de 2012 en el plazo indicado y el de presentar los estados financieros del segundo semestre ante la CNMV, así como la "existencia de discrepancias relevantes" entre la documentación enviada inicialmente con la solicitud del concurso y la subsanación posterior, relativas a los cambios en la participación accionarial del socio mayoritario, al pasivo total reconocido (una diferencia de casi 88 millones) o los desencuentros en el seno del consejo de administración sobre una decisión de "tal trascendencia" como la solicitud de un concurso de acreedores.

Por ello, considera "sin temor al equívoco", que "mantener las plenas facultades del deudor puede conducir a una situación de difícil gobernabilidad, en absoluto compatible con el orden que debe presidir el proceso concursal". Así, entiende que, para mantener en lo posible la actividad y el empleo, y para satisfacer los intereses de los acreedores (más de 50, según reconoce la propia Pescanova), se exige una "voluntad única y eficaz" que "puede verse mejor desempeñada por la administración concursal".

Administrador concursal

El juzgado confirma que la administración concursal estará integrada por un miembro del personal técnico de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, o una persona nombrada por ésta. Este administrador deberá comparecer ante el tribunal en el plazo de 5 días para confirmar si acepta o no ese cometido.

A partir de ahí, el administrador concursal tendrá un plazo de dos meses para elaborar su informe. Asimismo, según establece la Ley Concursal, deberá comunicarse con los acreedores para informarles de la declaración de concurso y de su deber de comunicar sus créditos (para lo que tienen un mes).

La empresa concursada tiene el deber de comparecer ante el juzgado o ante la administración concursal siempre que sea requerida, y también el deber de "colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso".

Solicitud de concurso

El auto del juez Roberto de la Cruz señala que la solicitud de concurso cumple las condiciones exigidas y se acompaña de documentación que, pese a no completar la previsión recogida en la Ley Concursal, "sí resulta suficiente a los efectos de acreditar la situación de insolvencia actual".

El concurso se tramitará por procedimiento ordinario, ya que las cifras indicadas en cuanto al pasivo, activo y número de acreedores, "impiden absolutamente acudir al procedimiento abreviado".

Por otra parte, en la solicitud del concurso, Pescanova ha puesto de manifiesto su intención de pedir al administrador "autorización para retrasar la obligación legal de formular cuentas anuales". En el auto también se recoge que la empresa "no ha instado la liquidación de su patrimonio ni ha presentado propuesta anticipada de convenio".

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