El Consejo de Estado recomienda hacer obligatoria en algún momento una asignatura como Educación para la Ciudadanía

El dictamen del Consejo de Estado al anteproyecto de Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOMCE) recomienda imponer como obligatoria en algún momento una asignatura como la de Educación para la Ciudadanía, que en el texto del Gobierno desaparece como tal.

El dictamen del Consejo de Estado al anteproyecto de Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOMCE) recomienda imponer como obligatoria en algún momento una asignatura como la de Educación para la Ciudadanía, que en el texto del Gobierno desaparece como tal.

El informe, al que ha tenido acceso Europa Press, ha sido aprobado por unanimidad y está firmado por el presidente del Consejo, José Manuel Romay Beccaría y los consejeros Landelino Lavilla Alsina, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, Fernando Ledesma Bartret, Alberto Aza Arias, José Luis Manzanares Samaniego, María Teresa Fernández de la Vega, Enrique Alonso García y la secretaria general del Consejo, Guadalupe Hernández-Gil.

El informe, que realiza una "observación específica" a este aspecto de la norma, explica que el anteproyecto prevé una asignatura llamada "valores culturales y sociales" que, a su juicio, debería llamarse valores éticos y sociales, en cada curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria, como específica obligatoria pero alternativa a la asignatura de religión, y apunta que se añade que, sólo para el cuarto curso de la enseñanza secundaria obligatoria, se cuidará, en todas las materias, "el emprendimiento y la educación cívica y constitucional".

"Ello significa que a lo largo de toda su formación obligatoria y posobligatoria los alumnos pueden no haber cursado esa asignatura", advierte. Por ello, considera que procedería "imponerla como obligatoria en algún momento", dado que, según apunta, han sido numerosos los acuerdos y recomendaciones, suscritas por España, del Consejo de Europa y de la Unión Europea desde 1997 en el sentido propugnar como objetivos de los sistemas educativos de la Unión el velar por el aprendizaje de los valores democráticos y de la participación democrática con el fin de preparar a las personas para una ciudadanía activa.

Y recuerda, para ello, otro de sus dictámenes, en el que señalaba que el Parlamento Europeo y el Consejo incluyen como competencias claves para el aprendizaje permanente la adquisición de competencias cívicas y sociales que garanticen conocimientos, capacidades y actitudes esenciales en relación con la democracia, con la justicia, igualdad, ciudadanía y derechos civiles, y su formulación en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en declaraciones internacionales. "La mayoría de los países europeos incluyen en sus currículos educativos contenidos de formación en ciudadanía democrática y derechos humanos", apunta.

Admeás, subraya que, dado que sobre el contenido de esta asignatura se ha planteado polémica social, el Estado podría fijar su contenido completo, o al menos fijar las bases en la propia Ley Orgánica, que a su vez podría remitir a la correspondiente norma de desarrollo a aprobar por el Gobierno.

Castellano y lenguas cooficiales

Por otro lado, el Consejo considera constitucional el tratamiento que el anteproyecto otorga a la enseñanza en castellano y en las lenguas cooficiales, ya sea el sistema de integración, como el de Cataluña o Galicia o el de enseñanza diferenciada, como el de Comunidad Valenciana y País Vasco, y comparte la posición del anteproyecto y ve correcto que sean las administraciones educativas las que determinen la "proporción razonable" en el empleo del castellano y de la lengua cooficial.

Sin embargo, considera que debe desaparecer de la ley la regla de que las Administraciones educativas deberán sufragar los gastos de escolarización cuando los padres o tutores decidan escolarizar a sus hijos o pupilos en centros privados que utilicen el castellano como vehicular.

En este sentido, considera que esta medida corresponde al ámbito de decisión de las Comunidades Autónomas con lengua propia. Igualmente considera que se debería atribuir a la Alta Inspección del Estado "la vigilancia del cumplimiento de las normas que garanticen el objetivo previsto en el número 2 de la presente disposición".

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