Díaz Ferrán pide la imputación de los testaferros de su exsocio De Cabo en el 'caso Crucero'

  • García Téllez y Semper relataron al juez hechos delictivos, según Díaz Ferrán.
  • Por ello, ve "incomprensible" que continúen siendo testigos y no se les impute.
  • La investigación indaga sobre cómo Ángel de Cabo descapitalizaba compañías para evitar pagar a sus acreedores.
  • El expresidente de la CEOE pide la retirada de su pasaporte para salir de prisión.
El expresidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán, y su exsocio Ángel de Cabo, ambos imputados en el 'caso Crucero'.
El expresidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán, y su exsocio Ángel de Cabo, ambos imputados en el 'caso Crucero'.
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El expresidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán, y su exsocio Ángel de Cabo, ambos imputados en el 'caso Crucero'.

El expresidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán ha solicitado al juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco que impute a quienes fueran testaferros del empresario Ángel de Cabo, Jorge García Téllez y José Vicente Semper, en la denominada operación Crucero.

La defensa del antiguo jefe de la patronal califica de "incomprensible" que los estrechos colaboradores del liquidador de empresas hayan relatado en sede judicial su participación en hechos que presentan caracteres de delito y, sin embargo, mantengan su calidad de testigos.

Por ello, reivindica su derecho a interrogar a García Téllez y a Semper una vez que ha sido levantado el secreto de sumario y pide al magistrado instructor que les llame a declarar bajo la condición de imputados.

En su escrito, demanda también al titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 que incorpore a la causa las diligencias previas incoadas por el Juzgado de Instrucción número 2 de Santiago de Compostela, en las que se investiga a ambos testaferros por la 'operación Caballo de Troya'.

Aunque las investigaciones abiertas por la Audiencia Nacional y el juzgado gallego se refieren a empresas diferentes, ambos órganos indagan sobre el 'modus operandi' que seguía el empresario valenciano Ángel de Cabo para descapitalizar compañías y evitar el pago a sus acreedores.

Según consta en la causa seguida en Galicia, dos trabajadores de su confianza, García Téllez y Semper, discutieron la estrategia que debían seguir cuando se enteraron de la investigación sobre el entramado de De Cabo e incluso plantearon en sus conversaciones telefónicas ir a hablar con "Eloy, directamente con el juez".

Díaz Ferrán pide salir libre a cambio del pasaporte

La defensa de Díaz Ferrán, que ejerce el abogado y catedrático de Derecho Procesal Nicolás González-Cuellar, también ha solicitado a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que levante la prisión provisional bajo fianza de 10 millones de euros impuesta a su cliente y acuerde su puesta en libertad.

Ante el temor del Ministerio Fiscal de su posible huida a Estados Unidos, la defensa del ex dirigente de la patronal sugiere que bastaría con retirarle el pasaporte pues "no parece posible pensar que pudiera acceder a su territorio sin pasaporte ni visado, sorteando los férreos controles fronterizos aéreos, marítimos y terrestres".

En todo caso, el abogado apunta que los apartamentos de Nueva York sobre los que informó la comisión rogatoria cursada por las autoridades norteamericanas fueron vendidos por Hodilsan, sociedad que Díaz Ferrán transmitió con anterioridad a De Cabo, a personas sobre las que "no hay motivo alguno" para sospechar que tengan vinculación con su representado, quien tiene un "notorio arraigo familiar y social en España y ha cumplido los 70 años".

En otro recurso de apelación elevado a la Sala de lo Penal, la defensa pide que las entrevistas que mantiene en la cárcel con su cliente se efectúen sin mamparas de cristal que impidan la comunicación verbal directa y el intercambio de la documentación.

Esta petición se produce después de que el juez Eloy Velasco haya denegado su requerimiento al entender que se trata de una cuestión competencia de Instituciones Penitenciarias. La defensa pide evitar "peregrinajes de jurisdicción" y alude a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que "el juez instructor autorizará, en cuanto no se perjudique el éxito de la instrucción, los medios de correspondencia y comunicación de que pueda hacer uso el detenido o preso".

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