Los abogados de la Infanta apuntan a la "nula credibilidad" de Torres y a su "licencia para mentir"

Los abogados de la Infanta Cristina, Miquel Roca y Jesús María Silva, han puesto de manifiesto en su recurso de apelación contra la imputación de su defendida, que es "realmente" la declaración del exresponsable de Nóos Diego Torres la "única razón" que ha llevado al juez a encausar a la Infanta, pese a la "nula credibilidad" del exsocio de Iñaki Urdangarin y a la "licencia para mentir" que como imputado se le reconoce constitucionalmente.
Diego Torres Y Ana María Tejeiro.
Diego Torres Y Ana María Tejeiro.
EUROPA PRESS
Diego Torres Y Ana María Tejeiro.

Los abogados de la Infanta Cristina, Miquel Roca y Jesús María Silva, han puesto de manifiesto en su recurso de apelación contra la imputación de su defendida, que es "realmente" la declaración del exresponsable de Nóos Diego Torres la "única razón" que ha llevado al juez a encausar a la Infanta, pese a la "nula credibilidad" del exsocio de Iñaki Urdangarin y a la "licencia para mentir" que como imputado se le reconoce constitucionalmente.

En su escrito de impugnación, al que ha tenido acceso Europa Press, la defensa de la hija del Rey Don Juan Carlos incide en que su imputación parece haberse acordado "exclusivamente" para despejar las "dudas" planteadas por Torres, y asevera que, más allá de esto, "no existen auténticos indicios de conocimiento" con la Duquesa de Palma.

Es por ello que, a juicio de los letrados, "no cabe imputar a alguien para que, a través de una inversión de las cargas procesales, tenga que acreditar su inocencia, imaginando y elucubrando en su propio perjuicio cuáles podrían ser los supuestos indicios que sustentarían las afirmaciones del señor Torres, para así refutarlos".

En cuanto a varios de los correos electrónicos aportados a la causa por Torres, de los que se deduciría que la Infanta estaba al tanto de las actividades desplegadas por su marido, la defensa recalca que estas comunicaciones "carecen de relevancia alguna como hechos base sobre los que sustentar una imputación". En efecto, precisa que "no hay ningún dato en ellos del que quepa inferir directamente una hipotética actuación de carácter delictivo".

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