La Diputación de Álava facilita el acceso de las entidades locales al crédito

La Diputación de Álava ha aprobado un proyecto de norma foral que facilita el acceso al crédito a las entidades locales, ya que la institución foral se encargará de tutelar todo el procedimiento.
Javier de Andrés.
Javier de Andrés.
EUROPA PRESS
Javier de Andrés.

La Diputación de Álava ha aprobado un proyecto de norma foral que facilita el acceso al crédito a las entidades locales, ya que la institución foral se encargará de tutelar todo el procedimiento.

El diputado general de Álava, Javier de Andrés, ha explicado que a través de esta medida se trata de "actualizar y regular el sistema de recursos financieros de las entidades locales, garantizando su autonomía y suficiencia financiera".

La Diputación ha optado por una regulación más pormenorizada de las operaciones de crédito, que entraría en vigor el 1 de enero de 2014. Una de las principales novedades de este proyecto es que se garantizará el acceso controlado a préstamos a largo plazo por parte de las entidades locales".

Para ello, se exigirá la autorización por parte del Gobierno foral, cuando el volumen total del capital vivo de las operaciones de crédito vigentes a corto y largo plazo, incluyendo el importe del préstamo proyectado, exceda del 110 por ciento de los ingresos corrientes liquidados.

El objetivo es "evitar que las entidades locales se endeuden por encima de sus posibilidades, poniendo en riesgo su viabilidad y el cumplimiento de sus obligaciones con los ciudadanos".

Como medida preventiva, cualquiera de las modalidades de crédito a largo plazo previstas en la norma foral requerirá su inclusión en el presupuesto definitivo en vigor de cada Hacienda Local.

De esta forma, "se mejora la seguridad jurídica de las operaciones y el control interno de la Hacienda Local", según ha explicado De Andrés.

PRÉSTAMOS

Respecto a los préstamos a corto plazo, se diferencia entre los destinados a la financiación de situaciones transitorias de tesorería y los destinadas a financiar inversiones. En el caso de las primeros, el proyecto los autoriza si el plazo no excede de un año, y cuando en su conjunto no superen el 30 por ciento de los ingresos liquidados por operaciones corrientes en el ejercicio anterior.

Sin embargo, los dedicados a financiar inversiones precisarán de una autorización que sólo será concedida cuando la entidad local justifique la disponibilidad de fondos para su cancelación a la fecha de vencimiento.

Otra novedad del proyecto es que regula los conceptos de ahorro neto e ingresos corrientes para lo que, hasta ahora, había que acudir a la legislación común de forma subsidiaria. Por último, se recogen las modalidades de prestación de garantías por parte de las entidades locales y los límites a las mismas.

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