Iberia, condenada a indemnizar con 517, 50 euros a un pasajero por cancelar su vuelo sin darle explicaciones

  • En concepto de "daños morales individualizados".
  • Tenía previsto volar de Málaga a Bilbao.
  • La compañía no le informó de sus derechos y le ofreció coger otro avión 24 horas más tarde.

Un Juzgado Mercantil de Bilbao dictó una sentencia que obliga a Iberia a indemnizar con 517,50 euros a un pasajero "por los daños morales individualizados" que sufrió tras la cancelación de su vuelo sin que la compañía le comunicara las causas, según informó el jueves la Unión de Consumidores de Vizcaya (UCE).

La sentencia sienta un precedente que debe provocar el cambio de actitud en las compañías aéreas

Dicha organización destacó que ésta es la primera resolución judicial dictada por un órgano vizcaíno en la que se contempla una indemnización por daños morales individualizados, de los que "no se puede exigir una prueba estricta porque no son de apreciación tangible y se concretan en la perturbación personal del sujeto que lo padece".

La Unión de Consumidores, que defendió legalmente al pasajero afectado, considera que la sentencia "sienta un precedente que debe provocar el cambio de actitud en las compañías aéreas" ya que hasta la fecha "ponían todo tipo de trabas para indemnizar a los usuarios".

Ni explicaciones ni derechos

La UCE relató que dicho pasajero tenía previsto regresar de Málaga a Bilbao en un vuelo de Iberia el día 28 de junio de 2005 y la compañía lo canceló sin ofrecer las oportunas explicaciones a sus clientes, ni informarles sobre los derechos que asisten a los pasajeros que se ven inmersos en tales circunstancias.

La única alternativa que les ofreció fue embarcar en un avión que saldría 24 horas más tarde.

Las reclamaciones que realizó este pasajero para obtener una indemnización económica por la situación padecida, tanto de forma individual como a través de la Unión de Consumidores de Vizcaya, no fueron atendidas por la compañía y sólo pusieron de manifiesto la contradicción en las justificaciones de los distintos departamentos de Iberia, según la UCE.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao dictó sentencia favorable al reclamante por entender que queda suficientemente probado que la situación "superó el enojo o hastío tan habitual en estos supuestos" porque la compañía no informó en su día al pasajero sobre la causa de la cancelación del vuelo y su presencia en Bilbao era fundamental por motivos profesionales.

250 euros por la cancelación del vuelo

Iberia debe abonar a su cliente 517,50 euros, de los que 250 euros se corresponden con la indemnización estándar que establece el reglamento que regula las indemnizaciones en situaciones de denegación de embarque, retrasos o cancelaciones de vuelos, a lo que suma una idéntica cantidad "por los daños morales individuales", además de la factura de un taxi.

La compañía deberá hacerse cargo también de las costas del juicio porque el juez entiende que "fuerza un gasto al consumidor con la indudable política de desanimar y menguar la rentabilidad a los reclamantes".

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