Ir desnudo o semidespunudo por la calle continuará estando prohibido en Barcelona después de que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya haya desestimado el recurso que presentaron la CUP y dos entidades en defensa de la desnudez contra la decisión del Ayuntamiento de imponer esta prohibición.
El TSJC justifica su decisión recordando que el Ayuntamiento puede prohibir el nudismo o el seminudismos (ir sin camiseta, por ejemplo) porque repercute en la convivencia y el orden público.
La prohibición de la desnudez fue una de las últimas decisiones del mandato del anterior alcalde, Jordi Hereu. El consistorio barcelonés aprobó, en el último pleno de la legislatura pasada con los votos de Convergencia y Unión (actualmente en el gobierno municipal) y el PSC (el anterior partido en el gobierno), la modificación del ordenanza de convivencia para prohibir la desnudez o la semidesnudez.
La normativa barcelonesa estableció sanciones que van de 120 a 500 euros. La multa sólo se impone si la persona mantiene la actitud tras ser advertida por la Guardia Urbana. Está pensado sobre todo para turistas y barceloneses que van por la calle con el torso descubierto en los meses de más calor.
El recurso presentado por la CUP y las dos entidades naturistas defendía que el nudismo está amparado por los derechos de libertad ideológica y de pensamiento, el libre desarrollo de la personalidad, la intimidad y la propia imagen, y el principio de igualdad, todos protegidos por la Constitución española y el Estatut.
Pero, según el Tribunal Superior de Justicia, el Ayuntamiento, basándose en el principio de autonomía local, puede ordenar el comportamiento de los ciudadanos a los espacios públicos y para ello puede introducir infracciones y sanciones.
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