Más de 1.350 menores andaluces necesitan que les acoja una familia, de la que ya disfrutan casi 4.000 niños en Andalucía

Un total de 1.355 niños con edades inferiores a los 15 años se encuentran actualmente en los centros de protección de Andalucía a la espera de un acogimiento familiar, una situación de la que ya se benefician, por contra, 3.979 menores.

Un total de 1.355 niños con edades inferiores a los 15 años se encuentran actualmente en los centros de protección de Andalucía a la espera de un acogimiento familiar, una situación de la que ya se benefician, por contra, 3.979 menores.

Según los datos facilitados a Europa Press por la Consejería de Salud y Bienestar Social, de estos 3.979 menores que disfrutan de un ambiente familiar, 3.322 se encuentran propiamente en acogimiento familiar y 657 se proceso de adopción. En concreto, 2.617 conviven con algún familiar suyo (abuelos y tíos fundamentalmente, lo que se conoce como familia extensa), mientras que 1.362 conviven con familias ajenas.

De esta forma, la convivencia en familia a través del acogimiento familiar o de los procesos adoptivos se consolidan como las medidas de protección mayoritaria en la comunidad, ya que se benefician del acogimiento sin finalidad adoptiva el 56,43 por ciento y el 11,16 por ciento con finalidad adoptiva, de los 5.886 menores que tienen una medida de protección en la comunidad.

No obstante, en los centros de protección de Andalucía existen actualmente en torno a 1.355 menores que son susceptibles de beneficiarse de un acogimiento familiar, cifra que en verano ascendía a 1.500 cuando se hizo un llamamiento desde la Consejería para el acogimiento.

De este grupo de menores que esperan en los centros a ser acogidos por una familia, se encuentra un grupo de los niños con necesidades especiales que hacen más dificultoso su acogimiento. Se trata de niños y niñas que superan los siete años, que tienen una discapacidad física, intelectual o sensorial, que padecen una enfermedad crónica o son portadores del VIH, o que son un grupo de hermanos y, por tanto, tienen que ser acogidos conjuntamente.

En los 251 centros de protección de Andalucía, tanto propios de la Junta como concertados, hay actualmente 218 menores que, por sus necesidades especiales, es necesario "con urgencia" conseguir familias dispuestas a su acogimiento o a su adopción. En la mayoría de estos niños (el 44%) se trata de grupos de hermanos y de niños y niñas que superan los siete años de edad (un 35%).

Datos según provincia

Por provincias, Sevilla es la provincia donde hay más menores tutelados con estas necesidades especiales, seguida de Málaga, Cádiz, Huelva y Córdoba. Salud y Bienestar Social dispone de una línea telefónica (902-102-227), en la que un equipo de profesionales proporciona a las personas interesadas toda la información que necesiten sobre el programa de acogimiento y cómo se puede colaborar con esta medida de protección de la infancia.

La Junta mantiene conciertos con 11 instituciones colaboradoras de integración familiar (Icif), unas entidades que cuentan con equipos de profesionales en el campo de la psicología, el trabajo social y el derecho para proporcionar la atención más apropiada que requieren las familias de acogida y las menores y los menores acogidos.

Requisitos para adoptar

Las familias interesadas deben pasar una declaración de idoneidad para realizar el acogimiento o la adopción, un estudio de carácter gratuito que elaboran equipos de profesionales propios o concertados, a través de sesiones informativas y formativas, y entrevistas psicosociales.

Una vez iniciado el proceso de acogimiento o el de adopción, un equipo de profesionales se encarga también de hacer un seguimiento de la situación del menor y de dar apoyo a la familia.

El acogimiento familiar es la convivencia e integración de un niño en una familia, cuando deben ser separados de sus padres o tutores. Así se evita su estancia en centros de protección, les permite desarrollarse en una familia y mantener su vinculación con sus padres y madres y hermanos y hermanas. El acogimiento familiar es incompatible con el acogimiento preadoptivo (preadopción) o la adopción, que conllevan la ruptura de vínculos del menor con su familia biológica.

Existen varias modalidades de acogimiento sin finalidad adoptiva: simple, cuando se prevé una reinserción a corto plazo del menor con la familia biológica, y que tiene un plazo máximo de dos años, dependiendo de la edad del menor. Y permanente, cuando la situación de la familia biológica aconseja una integración más duradera con otra familia y que puede llegar hasta la mayoría de edad del menor.

Desde la Consejería de Salud y Bienestar se entiende que un entorno familiar normalizado es más positivo para el desarrollo integral de los niños, sobre todo si son más pequeños. En este sentido, se ha impulsado la modalidad del acogimiento simple con carácter de urgencia, destinada a menores de 0 a 6 años. De hecho, en un año, ha descendido progresivamente (casi un 30%), el número de menores con esta edad en los centros residenciales. Durante 2012, un total de 221 menores pudo beneficiarse de esta modalidad.

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