La Audiencia Provincial de A Coruña absuelve de estafa a los propietarios del centro de mayores La Paz de Outes

La Audiencia Provincial de A Coruña ha absuelto del delito de estafa a los propietarios del centro de mayores La Paz de Outes, tras la denuncia de familiares de cuatro ancianos que cedieron sus bienes al matrimonio y el hijo de estos que regentan la residencia.

La Audiencia Provincial de A Coruña ha absuelto del delito de estafa a los propietarios del centro de mayores La Paz de Outes, tras la denuncia de familiares de cuatro ancianos que cedieron sus bienes al matrimonio y el hijo de estos que regentan la residencia.

Según recoge la sentencia, los hechos "no contienen elementos suficientes para otorgar la condición de delito de estafa", dado que las dudas sobre la capacidad de los ancianos que otorgaron sus bienes "no resultan confirmadas, sino que los documentos notariales más bien apuntan en sentido contrario".

Aunque "una visión inicial de la causa permita sustentar 'prima facie' las tesis acusatorias", el fallo recoge que "nada permite hablar de una manipulación o forzamiento de la voluntad de los residentes, ya que a lo sumo se podría hablar de una especial relación propia de las circunstancias de los residentes con las personas encargadas de su cuidado y con trato cotidiano" y "con ello de una posible influencia de ésta sobre aquellas, lo que no podría interpretarse como una captación de la voluntad penalmente relevante".

Asimismo, en base a lo expuesto por la resolución judicial, "la prueba testifical practicada deja en el aire gran cantidad de incógnitas sobre el contenido real de los hechos enjuiciados".

De esta forma, aunque "en un primer momento" las declaraciones de los familiares perjudicados "avalarían el planteamiento de la acusación al referir una gradual situación de aislamiento" que influiría en los acusado para tomar decisiones, esto se contrapone a que "esa supuesta situación de confinamiento queda rebatida por los actos propios de quienes los sufrirían, que llegaron a regresar al centro o siguen en el mismo en un régimen de convivencia casi familiar con los acusados".

En este sentido, se aplica el principio de 'in dubio pro reo' a los acusados por lo que se les absuelve de los cargos formulados contra el matrimonio y su hijo, con alzamiento de las medidas cautelares adoptadas contra ellos. Asimismo, en contra de esta sentencia cabe recurso de casación en los términos previstos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

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