El Gobierno de La Rioja sufragará con 828.000 euros la asistencia jurídica gratuita en 2013

El Gobierno de La Rioja ha aprobado un gasto de 828.334 para garantizar la prestación del servicio de asistencia jurídica gratuita por parte de los Colegios Oficiales de Abogados y Procuradores de La Rioja en 2013, según ha informado esta mañana el portavoz del Ejecutivo regional, Emilio del Río.
Juzgados de Logroño
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EUROPA PRESS
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El Gobierno de La Rioja ha aprobado un gasto de 828.334 para garantizar la prestación del servicio de asistencia jurídica gratuita por parte de los Colegios Oficiales de Abogados y Procuradores de La Rioja en 2013, según ha informado esta mañana el portavoz del Ejecutivo regional, Emilio del Río.

El importe de esta subvención se aplicará fundamentalmente a retribuir las actuaciones profesionales que lleven a cabo los abogados y procuradores colegiados relacionadas con el turno de oficio, la asistencia letrada al detenido, violencia doméstica y gastos de infraestructuras justificados, cuando tengan como destinatarios a quienes hayan obtenido el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita.

El servicio de asistencia gratuita es de obligado cumplimiento para las comunidades autónomas que hayan recibido la competencia de Justicia, que en el caso de La Rioja se hizo efectiva el 1 de enero de 2011.

La asistencia jurídica gratuita puede ser solicitada por ciudadanos españoles y extranjeros residentes en España; nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, asociaciones de utilidad pública y fundaciones, siempre y cuando cumplan con unos determinados requisitos.

REQUISITOS

Los recursos e ingresos económicos brutos por cualquier concepto de la unidad familiar (cónyuge o pareja de hecho e hijos menores) no deberán ser superiores a las siguientes cantidades:

Unidad familiar 1 persona: 2 veces IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples); es decir, 12.780,26 euros.

Unidad familiar 2 ó 3 personas: 2,5 veces IPREM; es decir, 15.975,33 euros.

Unidad familiar 4 ó más personas: 3 veces IPREM; es decir, 19.170,39 euros.

También se tendrán en cuenta los activos financieros (cuentas, plazos fijos, acciones, etc.) y los signos externos o patrimonio que pueda existir (bienes inmuebles, vehículos, terrenos, etc.).

Si se superan estos umbrales se podrá conceder excepcionalmente en caso de concurrir circunstancias particulares como número de hijos, estado de salud, discapacidad, etc. No obstante, en ningún caso los recursos o ingresos de la unidad familiar podrán exceder en cinco veces el IPREM; es decir, 31.950,65 euros.

La ley establece que tendrán derecho a la asistencia jurídica gratuita las víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos en aquellos procesos que tengan vinculación, deriven o sean consecuencia de su condición de víctimas, así como los menores de edad y las personas con discapacidad psíquica, cuando sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato.

Igualmente se concederá este beneficio a quienes a causa de un accidente acrediten secuelas permanentes que les impidan totalmente la realización de las tareas de su ocupación laboral o profesional habitual y requieran ayuda de otras personas para realizar las actividades más esenciales de la vida diaria, cuando el objeto del litigio sea la reclamación de indemnización por lo daños personales y morales sufridos.

El balance de este servicio en 2012, segundo año de aplicación en la comunidad autónoma, revela que se recibieron 3.301 solicitudes, de las cuales 449 (el 13,60 por ciento) fueron desestimadas y 37 (el 1,12 por ciento) archivadas. De las solicitudes resueltas, 1.883 correspondieron al orden Penal; 1.017, al Civil; 152, al Social; 83, al Contencioso-Administrativo, y 164 fueron de carácter administrativo. En 2.813 solicitudes se designó a un abogado y en 1.346 fue necesaria también la participación de un procurador.

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