Santa Bárbara propone reducir en 117 el número de despidos extintivos para convertirlos en temporales

La dirección de Santa Bárbara Sistemas propone al comité intercentros la posibilidad de reducir en 117 el número de trabajadores afectados por un expediente de regulación de empleo (ERE) extintivo en los centros de trabajo de Trubia, Granada, Madrid y Sevilla y trasladarlos al expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).

La dirección de Santa Bárbara Sistemas propone al comité intercentros la posibilidad de reducir en 117 el número de trabajadores afectados por un expediente de regulación de empleo (ERE) extintivo en los centros de trabajo de Trubia, Granada, Madrid y Sevilla y trasladarlos al expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).

Fuentes de la empresa han indicado a Europa Press que la dirección ha mejorado también "sensiblemente" las condiciones de su propuesta anterior, de forma que "eleva las indemnizaciones para las adscripciones voluntarias al ERE, esto es, las bajas voluntarias, a 27 días de salario por año trabajado con un tope de 18 mensualidades; rebaja la edad para solicitar la prejubilación voluntaria a los 56 años —incluso para los que cumplan esta edad a finales de 2013— y amplía además en seis meses el periodo de recolocación".

La propuesta de flexibilización presentada por la dirección incluye una disminución del número de afectados por el ERE, de forma que el número de afectados por el ERE "puede verse minorado en 117 contratos, fundamentalmente directos de Trubia, Granada y Sevilla".

Estos trabajadores serían incluidos en el ERTE, conforme al criterio que la dirección ha venido manteniendo durante todo el proceso de negociación de minorar el número de extinciones de empleo traspasándolos a la regulación temporal de empleo.

Esta disminución "deberá ser negociada en la mesa de negociación para alcanzar una cifra definitiva en ambos procesos, dentro del acuerdo global".

Las fuentes han indicado que "dejando aparte a La Coruña, la cifra que habría que habría que cubrir con prejubilaciones y bajas incentivadas para llegar al número de extinciones de empleo previstas sería de 400 contratos, por lo que tan solo serían, por tanto, salidas forzosas aquellas que faltaran para llegar a esos 400 contratos".

Con el fin de ajustar la estructura definida —directos/indirectos— en cada ubicación se efectuaría posteriormente a las movilidades funcionales y/o geográficas necesarias para lograrlo; "todas ellas amparadas y justificadas por el ERE".

Las fuentes han agregado que las condiciones económicas legales generales pasan por 20 días por año trabajando con el tope de 12 meses, aunque introduce el concepto de "voluntariedad", para lo cual la dirección "ofrecería un periodo de 15 días naturales tras la finalización de la negociación (16 de marzo) en el que podría recibir solicitudes de adscripción voluntaria al proceso de ERE".

La solicitud de adscripción voluntaria "sería vinculante para la empresa, quien podría no aceptar por decisión motivada aquellas solicitudes que considerara necesarias para la continuidad de la actividad". La respuesta se produciría en el plazo máximo de 10 días naturales.

Condiciones indemnizatorias para la adscripción voluntaria

Las fuentes han recordado que "aquellos empleados que se adscriban de forma voluntaria al ERE propuesto por la empresa verían incrementadas sus condiciones indemnizatorias respecto de aquellos otros que resulten afectados de manera forzosa".

En este caso, las condiciones indemnizatorias serán "una ampliación del periodo de recolocación a través de dos de las mejores y más reconocidas empresas del sector GRI (Gabinete de Recolocación Industrial) y Lee Hecht Harrison, aumentando en seis meses el periodo de seis que resulta legalmente aplicable, para lo que durante los mencionados 12 meses, los empleados podrían utilizar los servicios ofertados". Asimismo, se contempla una indemnización de 27 días de salario por año trabajado con un tope de 18 mensualidades.

En materia de prejubilaciones, estas serán voluntarias "para aquellos empleados con una antigüedad mínima en la empresa de 15 años y que tengan una edad de entre los 56 y los 63 años a la fecha de efectos del ERE, o cumplan los 56 años hasta final de 2013".

Las fuentes dejan claro que las prejubilaciones "no son obligatorias, y el interesado puede optar por la indemnización propuesta para la adscripción voluntaria, esto es, 27 días de salario por año trabajado con un tope de 18 mensualidades". Los empleados de 63 años en adelante a la fecha de efectos, no podrán optar a la vía voluntaria.

Asimismo, la dirección está dispuesta a la negociación junto con la representación de los trabajadores del establecimiento de los criterios de afectación, así como de la posible constitución de ciertas medidas protectoras para aquellos empleados "con circunstancias personales más complicadas, como víctimas de violencia de género, dependencia de discapacitados o cargas familiares".

De esta forma, una vez fijados definitivamente el número y condiciones de los trabajadores afectados por el ERE, la dirección "está dispuesta a negociar la prioridad de permanencia de los colectivos protegidos que proponga la representación social, que se añadirían así a los criterios de prioridad de permanencia establecidos por la normativa laboral".

Colectivo de jubilados parciales y relevistas

Las fuentes han agregado que "aquellos empleados que actualmente se encuentran jubilados parcialmente así como los trabajadores relevistas contratados en sustitución de los primeros no verán afectado su estatus jurídico".

En el caso del centro de trabajo de La Coruña, se promoverá la movilidad geográfica de todos los relevistas, dada la decisión de no continuar la actividad en el mencionado centro de trabajo.

Condiciones del erte

Las fuentes agregan que "en la medida de lo posible, se aplicará rotativamente de modo que se puedan equilibrar los efectos de la incorporación al mismo", calculándose unos 200 empleados cada mes. Igualmente, se analizará la posible exclusión de quiénes no hayan devengado derechos a la prestación contributiva por desempleo.

En este caso, se complementará dicha prestación hasta el 65 por ciento del salario neto, según indican las fuentes.

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