La Audiencia absuelve a un hombre condenado por amenazar a su exnovia porque duda de la versión de ella

La supuesta víctima había cambiado su versión durante el proceso judicial

Un hombre que había sido condenado por el Juzgado de lo Penal Número 5 de Santander a seis meses de prisión por amenazar a su expareja ha sido absuelto por la Audiencia Provincial porque no hay "prueba indubitada" que permita confirmarlo y sí existen "razones objetivas para dudar de la veracidad del relato" de la supuesta víctima después de que ésta cambiase su versión.

Según explica esta sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, en su denuncia a la Guardia Civil la chica afirmó que, previamente a las amenazas, el acusado, R.D.J, le había agredido, hecho al que imputó la pérdida de un bebé que esperaba, una afirmación que no mantuvo en el juicio, en el que señaló que había interrumpido voluntariamente su embarazo.

Para la Sala se trata de un dato "de esencial importancia" que, según señala, demuestra que no ha habido una persistencia en la declaración, algo que, según la magistrada, "hace ya dudar de la veracidad" del relato.

"Otorgar total verosimilitud al testimonio de la víctima podría haberse hecho si su versión se hubiera sido sostenida a lo largo de todo el procedimiento, pero no ha sido así", sostiene en la sentencia.

Además, a la Sala también "le extraña profundamente" que el hermano de la supuesta víctima —que, según ella misma había visto y oído el incidente— no haya comparecido en el juicio para corroborarlo.

"Extraña profundamente a la Sala que quien ha podido escuchar lo sucedido no haya sido citado a declarar a tal fin", ha opinado.

La magistrada insiste en la sentencia de no hay pruebas que confirmen que los hechos ocurrieron como afirma la víctima, que afirmó que el pasado 20 de octubre de 2012, R.D.J. acudió a la vivienda que ella tenía en Noja, y desde el pasillo de la escalera del edificio, llamando al timbre, le gritó 'Te voy a romper la boca , no sabes con quién te has metido'.

Según el relato de la supuesta víctima, el hombre le avisó además de que tanto a su madre como a su hija podrían ocurrirle "cosas desagradables".

Sin embargo, R.D.J. reconoce que se personó en la vivienda de su expareja pero niega no sólo haberla amenazado o insultado sino, incluso, haber llegado a contactar con ella de cualquier modo y ha asegurado que cuando no le abrió la puerta se marchó.

La magistrada de la Audiencia Provincial ha censurado que la jueza de lo Penal llegase a la conclusión de que existieron las amenazas "basándose únicamente como elemento de prueba en el testimonio de la víctima", a la que concedió "total verosimilitud".

"La Sala no está de acuerdo con el criterio de la juez a dar total verosimilitud de su relato", afirma la magistrada, que reconoce tener "serias dudas" sobre éste.

Por todo ello, la Sala, teniendo en cuenta que hay "razones objetivas para dudar de la veracidad de la versión" de la víctima y la "falta de corroboración" y de algún dato objetivo sobre los hechos, entiende que en el ámbito penal "se debe resolver a favor del acusado".

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