El juez archiva la denuncia de un diputado de Amaiur contra la Policía por los altercados de la huelga del 26-S

El auto dice que los agentes utilizaron la "fuerza mínima imprescindible" para evitar incidentes
El diputado Sabino Cuadra discute con la Policía
El diputado Sabino Cuadra discute con la Policía
EUROPA PRESS
El diputado Sabino Cuadra discute con la Policía

El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona ha archivado la denuncia presentada por el diputado de Amaiur Sabino Cuadra contra agentes de la Policía Nacional por altercados producidos en la jornada de huelga del 26 de septiembre de 2012 en Pamplona. El auto puede ser recurrido.

En concreto, Sabido Cuadra denunciaba que había sido golpeado por agentes de Policía en incidentes que se registraron en los alrededores de un centro comercial y en la estación de autobuses de Pamplona.

El juez señala en el auto que el día de la huelga, "diversas personas de los piquetes en los que participó el denunciante, excediéndose en el ejercicio de dicho derecho, protagonizaron incidentes de violencia, verbal o física, que obligaron a los funcionarios policiales a utilizar la fuerza mínima imprescindible para evitar dichas actuaciones, garantizar los derechos y los bienes de los demás ciudadanos y proteger su propia integridad física".

El auto añade que esta circunstancia "provocó diversas cargas que, al verse impedidas u obstaculizadas por el denunciante, motivaron que los funcionarios policiales emplearan frente a él también la fuerza necesaria para apartarlo, ello en medio de una actuación de gran tensión como consecuencia de los improperios, gritos e incluso agresiones sufridas por los agentes de la autoridad, como es de ver en el material gráfico aportado junto con los informes reclamados" por el propio juez.

El auto añade que, "del relato de hechos de la denuncia, de la declaración judicial del denunciante y de los informes policiales se infiere que con ocasión de la jornada de huelga se produjeron graves alteraciones del orden público provocadas por personas que se encontraban en el interior o en los alrededores de los piquetes y que, tal como se constata en las fotografías de los informes policiales, terminaron por ser, más que piquetes, verdaderas manifestaciones o concentraciones de un muy elevado número de personas".

El juez señala que estas manifestaciones, "ya por el mero hecho de alcanzar tal número, afectaban muy directamente al orden público, no obstante lo cual las fuerzas de seguridad, en cumplimiento de las directrices dadas, no solo no impidieron, sino que protegieron dichas concentraciones numerosas, acompañando a dichos piquetes".

El auto precisa que "el legítimo ejercicio del derecho de huelga no puede implicar la vulneración de otros derechos ciudadanos, como el de ir a trabajar aquellos que no estaban de acuerdo con la huelga convocada o el de acudir a los establecimientos comerciales a quienes no están llamados a secundarla".

El juez explica que "la protección de ambos derechos, como el resto de los reconocidos por la Constitución y las leyes, viene encomendada a las fuerzas y cuerpos de seguridad".

Por otra parte, el auto precisa que los hechos no podrían ser un delito de atentado contra la autoridad, "por cuanto en el momento de ocurrir los hechos y aún cuando el denunciante esgrimió ante los funcionarios policiales su condición de parlamentario español, miembro del Congreso de los Diputados, es evidente que no se encontraba realizando ninguna función propia de dicha condición y tampoco cabe afirmar que los funcionarios policiales le golpearan precisamente por su condición parlamentaria ni como consecuencia de su actuación como miembro del Poder Legislativo de España".

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