Torrijos celebra que el fallo del TS "devuelve a Sevilla su condición pionera en sostenibilidad"

El portavoz de Izquierda Unida (IU) en el Ayuntamiento de Sevilla, Antonio Rodrigo Torrijos, ha mostrado su "satisfacción" por el último fallo del Tribunal Supremo (TS) que declara conforme al derecho el acuerdo plenario sobre la aprobación de la ordenanza de circulación de peatones y ciclistas alcanzado en septiembre de 2007.

El portavoz de Izquierda Unida (IU) en el Ayuntamiento de Sevilla, Antonio Rodrigo Torrijos, ha mostrado su "satisfacción" por el último fallo del Tribunal Supremo (TS) que declara conforme al derecho el acuerdo plenario sobre la aprobación de la ordenanza de circulación de peatones y ciclistas alcanzado en septiembre de 2007.

Torrijos, por aquel entonces primer teniente de alcalde y responsable de Infraestructuras para la Sostenibilidad, ha celebrado en un comunicado que esta sentencia "devuelve a Sevilla la condición de ciudad pionera en materia de ordenación de políticas de sostenibilidad ambiental y de defensa de peatones y ciclistas". Una política que, según ha asegurado, "el Gobierno del PP y algunos sectores de la patronal sevillana intentaron cargarse por numerosas vías a favor del vehículo privado".

El edil de IU ha manifestado que el actual alcalde, Juan Ignacio Zoido (PP), ha "tratado constantemente de anular al gobierno anterior, específicamente aquellas iniciativas más avanzadas de Izquierda Unida", destacando como ejemplo la "desaparición de la Oficina de la Bicicleta, la derogación del Plan Centro sin argumentos ni consenso previo, la extinción de la participación que supuso la Comisión Cívica de la Bicicleta, así como la nula presencia en los presupuestos de la apuesta para políticas de sostenibilidad".

Así, el concejal ha destacado que este fallo del Tribunal Supremo "viene a dar la razón a aquello que había sido cuestionado y que niega a Sevilla la derecha política", esto es, "la prevalencia de un modelo sostenible, saludable y avanzado de convivencia en la movilidad de nuestra ciudad que, con Izquierda Unida en el Gobierno, conoció una auténtica revolución en materia de usos de transporte sostenible".

El fallo del ts

La sección cuarta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha emitido una nueva sentencia que estima un recurso de casación promovido por la asociación de ciclistas 'A Contramano' y el Consistorio hispalense contra una sentencia previa emitida en 2010 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), anulando varios artículos de esta ordenanza merced a un recurso contencioso administrativo de la federación provincial de comerciantes.

En la sentencia, recogida por Europa Press, el Supremo expone una resolución del TSJA emitida en marzo de 2010 y estimando, parcialmente, el recurso promovido por la Confederación Provincial de Comercio y Servicios de Sevilla (Aprocom), contra la ordenanza de circulación de peatones y ciclistas aprobada por el Ayuntamiento hispalense en septiembre de 2007. La sentencia impugnada, merced al recurso Contencioso Administrativo promovido por Aprocom, anulaba en esta ordenanza municipal el apartado del anexo correspondiente a los itinerarios ciclistas señalizados en áreas peatonales y los artículos 16, 40, 41, 43, 44 y 48.

Contra este fallo del TSJA, la asociación hispalense de ciclistas 'A Contramano', así como el propio Ayuntamiento de Sevilla, promovieron sendos recursos de casación alegando, entre otros aspectos, infracciones de la Ley de Bases de Régimen Local en cuanto a la "potestad reglamentaria" de la que gozan los municipios, una "conculcación" de la misma, una vulneración del Reglamento General de Circulación y una infracción de la Ley Jurisdiccional.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, en ese sentido, ve "inaplicable" la sentencia del Tribunal Constitucional invocada por las partes recurrentes, pero sí descarta una "conculcación de la delimitación de zona peatonal" en la ordenanza y admite en el fallo impugnado una "conculcación" del Reglamento de Bienes de Entidades Locales, reconociendo finalmente las competencias municipales expuestas en la Ley de Bases de Régimen Local. Así, el TS declara de nuevo "ajustado a derecho el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Sevilla que aprobó la ordenanza de circulación de peatones y ciclistas", no pronunciándose no obstante sobre las costas procesales.

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