El Gobierno extremeño repartirá 1,1 millones para fomentar la calidad y elevar el nivel de infraestructuras turísticas

El Gobierno de Extremadura repartirá 1.126.876 euros en subvenciones destinadas a fomentar la calidad y elevar el nivel de las infraestructuras turísticas de la región.
Casa rural
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El Gobierno de Extremadura repartirá 1.126.876 euros en subvenciones destinadas a fomentar la calidad y elevar el nivel de las infraestructuras turísticas de la región.

El Diario Oficial de Extremadura publica una orden por la que se convocan estas subvenciones, que se dividen en cuatro líneas: aquellas destinadas a alojamientos rurales, ayudas a balnearios, ayudas al fomento de la calidad de alojamientos y restauración, y ayudas a empresas de actividades turísticas alternativas y de intermediación turística.

En concreto, podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los hoteles rurales, apartamentos rurales, casas rurales, chozos turísticos, balnearios, hoteles, hoteles-apartamentos, hotel balneario, hostales, pensiones, apartamentos turísticos, albergues y campamentos, restaurantes, cafeterías, empresas de catering, salones de banquetes, agencias de viajes, centrales de reservas, así como otras empresas de actividades turísticas alternativas.

La cuantía total es de 1.126.876 euros, y se podrá subvencionar hasta el 50 por ciento del presupuesto de la inversión aprobada, con un límite máximo de 50.000 euros, explica el Gobierno extremeño en nota de prensa.

Los requisitos para acceder a estas ayudas son tener el domicilio social y fiscal en Extremadura, presentar la solicitud de subvención debidamente ajustada al modelo normalizado previsto en el Anexo I de la convocatoria y acompañar a la solicitud los documentos y justificaciones requeridos.

Las empresas interesadas podrán presentar sus correspondientes solicitudes en el Registro General de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo, sito en la avenida de las Comunidades s/n de Mérida, así como en el resto de los lugares contemplados en el artículo 7 del Decreto 257/2009, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, contados a partir del 29 de enero de 2013.

En la valoración de las solicitudes se tendrá en cuenta la generación de puestos de trabajo, las medidas tendentes a la consecución del objetivo de accesibilidad global, el incremento de categoría o reclasificación a categoría superior, los proyectos dinamizadores en poblaciones de 10.000 habitantes o menos, la incorporación al proyecto de tecnología avanzada y las acciones tendentes a ofertas de servicios complementarios que incrementen la productividad.

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