Condenadas a 4 años de prisión una mujer y su hija en A Coruña por estafar 1 millón de euros a su tía abuela

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a cuatro años de cárcel a dos mujeres, madre e hija, al considerarlas autoras de la estafa de 1,3 millones de euros a su tía abuela, fallecida en 2004 y que vivió sus últimos años como una indigente pese a su fortuna tanto en dinero como en inmuebles.

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a cuatro años de cárcel a dos mujeres, madre e hija, al considerarlas autoras de la estafa de 1,3 millones de euros a su tía abuela, fallecida en 2004 y que vivió sus últimos años como una indigente pese a su fortuna tanto en dinero como en inmuebles.

En su fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia Provincial de A Coruña considera que las dos mujeres condenadas, Oliva R. A. y Oliva Q. A., se aprovecharon de su tía abuela para apropiarse del dinero.

En el juicio, tras la denuncia presentada por otros sobrinos de la mujer a raíz de su fallecimiento, la Fiscalía y la acusación particular mantuvieron su petición de una condena de seis años de prisión para la mujer y su hija, en un caso por estafa y en otro como colaboradora.

En sus conclusiones, la Fiscalía basó su petición en la existencia de pruebas que acreditaban, a su juicio, que la mujer, de 92 años, estaba en una situación de "deterioro mental" antes de su fallecimiento, criterio al que ahora se suma la Audiencia Provincial.

Así, entiende que esta circunstancia fue aprovechada por las dos acusadas para obtener el dinero existente en sus cuentas y proceder a la venta de algunos de los inmuebles de su propiedad.

"cooperadora necesaria"

En concreto, argumenta que lo hicieron con "el propósito de enriquecerse" y que la hija de la principal acusada —condenada como su madre por un delito continuado de estafa— actuó como "cooperadora necesaria".

Por el contrario, la defensa sostuvo que sus clientas fueron las únicas que cuidaron de la mujer hasta su fallecimiento y que nunca retiraron dinero por su cuenta y sin autorización de la fallecida. Además, las dos procesadas sostuvieron que si ayudaron a la mujer que porque en 2002 así se lo requirieron los Servicios Sociales.

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