El TSJM obliga a la Comunidad a devolver una parte de la paga extra a los funcionarios

  • Deberá pagar el importe de la paga extra de diciembre correspondiente a los 14 días de julio previos a la aprobación del decreto de recortes.
  • El Gobierno de Rajoy suprimió la paga extra a los funcionarios.
  • CC OO reclama que la sentencia se aplique a trabajadores públicos de todo el país.
Sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
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EP
Sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid (ICM) a pagar la parte proporcional de la paga extra de diciembre correspondiente a los 14 días de julio previos a la entrada en vigor del Real Decreto 20/2012 por el que el Gobierno central eliminó esta retribución para todos los empleados públicos.

La sentencia, con fecha 11 de enero, da la razón de forma parcial a la Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC) del sindicato CC OO, que presentaron una demanda contra ICM por el posible incumplimiento del convenio colectivo en relación a la paga extra de diciembre.

El Tribunal no estima la petición inicial de que los trabajadores recuperen todo el importe, pero sí la parte proporcional de las pagas de junio (el decreto de recorte aún no había entrado en vigor), ya que considera las extras como una parte diferida del sueldo total.

La Comunidad de Madrid puede ahora interponer un recurso de casación contra la sentencia ante el mismo tribunal.

Extensión a todo el Estado

Para CC OO, el contenido del fallo debe hacerse extensivo "a la totalidad del personal asalariado", pudiendo afectar "a las cerca de tres millones de personas que desarrollan su actividad laboral retribuida en el sector público del Estado, las administraciones autonómicas y locales".

FSC-CCOO reclama al Gobierno el reconocimiento legal de este derecho, evitando la proliferación de demandas colectivas, grupales e individuales que, para su reconocimiento, están impulsando las organizaciones sindicales y las personas afectadas a título individual.

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