Cámara de Cuentas apunta que el día 31 acaba el plazo para que las administraciones públicas presenten contratos de 2012

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha apuntado que el próximo día 31 de enero finaliza el plazo para que las entidades que forman parte del sector público andaluz cumplan con la obligación de remitir a este fiscalizador la relación anual de los contratos que hayan formalizado durante el ejercicio 2012.

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha apuntado que el próximo día 31 de enero finaliza el plazo para que las entidades que forman parte del sector público andaluz cumplan con la obligación de remitir a este fiscalizador la relación anual de los contratos que hayan formalizado durante el ejercicio 2012.

En una nota, la Cámara de Cuentas de Andalucía ha asegurado que es consciente de que "la actividad de los órganos de control externo debe orientarse hacia la modernización de la organización y gestión de los servicios", por lo que decidió impulsar "constantemente" la aplicación de nuevas tecnologías mediante la implantación de procedimientos electrónicos y telemáticos en su labor fiscalizadora.

Ha recordado que en el ámbito de la fiscalización de la contratación, mediante la resolución de 28 de junio de 2012, se publica el acuerdo del pleno de 29 de mayo de 2012, que aprueba la instrucción relativa a la remisión a la Cámara de Cuentas de Andalucía, de la información sobre la contratación formalizada por las entidades que componen el sector público de la comunidad autónoma de Andalucía.

En dicha instrucción se recoge la obligación de remisión de información que se deberá cumplimentar en dos sentidos, esto es, "el envío de una relación anual de todos los contratos formalizados en el ejercicio anterior —incluido la contratación menor—, por las entidades enumeradas en el artículo 2 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo. Esta relación deberá remitirse antes del 31 de enero del ejercicio siguiente al que se hubiesen formalizado.

El segundo sentido de dicha instrucción se centra en el envío de la documentación recogida en el artículo 29 del Texto refundido de la Ley de Contratos de Sector Público, para los contratos que superen los umbrales establecidos en el mencionado precepto.

Esta obligación incumbe a todos los órganos de contratación comprendidos en el ámbito subjetivo del artículo 3 del citado texto refundido y deberá cumplimentarse dentro de los tres meses siguientes a la formalización de los correspondientes contratos.

El ente fiscalizador precisa que para facilitar el cumplimiento de esta obligación en la página web de la institución, 'www.ccuentas.es', se pone a disposición de las entidades del sector público de Andalucía unos programas de ayuda para la remisión al órgano de control de la información referida a la actividad contractual.

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