Rechazado el recurso de 'Padre Coraje' contra la sentencia que absolvía a los acusados de asesinar a su hijo

  • El Supremo confirma la absolución de los cuatro acusados.
  • Estima que no existen indicios de culpabilidad.
  • 'Padre Coraje' se camufló para introducirse en los ambientes marginales y esclarecer el crimen de su hijo.
Los cuatro acusados del crimen de Juan Holgado, en una foto archivo
Los cuatro acusados del crimen de Juan Holgado, en una foto archivo
EFE
Los cuatro acusados del crimen de Juan Holgado, en una foto archivo

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la absolución de los cuatro acusados del crimen de Juan Holgado, perpetrado en un gasolinera de Jerez de la Frontera (Cádiz) en 1995, acordada por la Audiencia de Cádiz tras la repetición del juicio, impulsada por el padre de la víctima en el caso conocido como el de "Padre Coraje".

En una sentencia de la Sala de lo Penal, el Supremo rechaza todos los argumentos del recurso presentado por la familia de la víctima y estima que la Audiencia hizo una valoración correcta de las pruebas que concluyeron con una sentencia absolutoria.

El Supremo establece que "no se aprecia arbitrariedad o error por parte del tribunal en la valoración de la prueba" y recuerda que "para dictar una sentencia es preciso demostrar la culpabilidad, con arreglo a la ley, más allá de toda duda razonable".

Contra una sentencia "irrazonable"

El recurso afirma que la sentencia es "arbitraria, irrazonable e incongruente, vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías" ya que estima que en el juicio quedó probada la participación de los acusados en el robo con homicidio de Juan Holgado.

El Alto Tribunal rechaza que el tribunal estuviera predispuesto a la absolución, tal y como alegó la familia, y también que existieran pruebas de cargo contra los cuatro acusados.

Recuerda que "se hallaron y revelaron huellas sospechosas en el cajón de la caja registradora, en el pomo de la salida de la puerta del establecimiento", pero que tras "su concienzudo estudio fueron calificadas como anónimas, no coincidiendo con ninguna de las de los cuatro acusados".

Caso sin resolver

La resolución concluye que "si bien la falta de identificación de los autores de un delito (...) puede considerarse un fracaso del sistema, la absolución de los acusados, una vez descartada la arbitrariedad y el error, no puede valorarse como tal".

La Audiencia celebró en noviembre de 2003 el segundo juicio por orden del Supremo por no haberse admitido en el primero

las cintas grabadas por el "padre coraje", que obtuvo tras disfrazarse y camuflarse en ambientes marginales de Jerez para lograr esclarecer el crimen de su hijo.

Un mes después, la Audiencia dictó sentencia y absolvió a los cuatro acusados al entender que "no existe prueba de cargo suficiente para destruir la presunción de inocencia".

Respecto a las cintas grabadas por el padre de la víctima, la sentencia determinó que de ellas "nada puede extraerse con relevancia para este proceso, ni aún siquiera material probatorio en relación con los coimputados".

Robo con homicidio

Juan Holgado, empleado de una gasolinera de Jerez de la Frontera, fue asesinado en la madrugada del 22 de noviembre de 1995 cuando varias personas, "tras acceder al interior de la tienda del establecimiento sin violencia y por medio no aclarado", le asestaron una treintena de cuchilladas, y robaron el contenido de la caja registradora -420 euros-, además de bebidas y tabaco.

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