El nuevo Plan Rector de Uso y Gestión del Embalse de Orellana y Sierra de Pela "compatibiliza" conservación y desarrollo

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado la orden por la que se regula el Plan Rector de Uso y Gestión de la Zona de Interés Regional 'Embalse de Orellana y Sierra de Pela', en el que se "compatibiliza" conservación y desarrollo.

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado la orden por la que se regula el Plan Rector de Uso y Gestión de la Zona de Interés Regional 'Embalse de Orellana y Sierra de Pela', en el que se "compatibiliza" conservación y desarrollo.

Según destaca el Gobierno extremeño en una nota de prensa, en este plan rector "se compatibiliza la conservación de los valores ambientales y naturales, con el desarrollo económico de la zona de influencia".

Con ello, se aprueba un instrumento de planificación y gestión que ha tenido "un amplio consenso" por parte de todos los organismos y entidades que han participado en su elaboración, "habiéndose mantenido multitud de reuniones sectoriales periódicas", según informa el Gobierno extremeño en una nota de prensa.

Este plan, que tiene una vigencia inicial de cuatro años, con posibilidad de prórroga, establece las medidas necesarias para la conservación de los valores naturales por los que fue designado el espacio, tales como paisaje, fauna, flora, usos tradicionales (especialmente ecosistemas como la dehesa), y las importantes poblaciones de aves rupícolas, acuáticas, esteparias.

Unas medidas que han sido establecidas "sin obviar la importante actividad socioeconómica del territorio", resultando compatibles con el mantenimiento de los principales usos existentes en el mismo, como por ejemplo, los agrícolas, forestales, recreativos, piscícolas o cinegéticos.

Además se establece una 'zonificación' del territorio que delimita las actividades que pueden realizarse en tiempo y forma. De este modo, los usos agrarios, necesarios para la conservación de algunas de las especies por las que se designó el espacio, se consideran "compatibles" en "todo el territorio", salvo en las zonas sin aptitud agraria como las áreas de sierras, en las que deberán mantenerse las formaciones vegetales naturales.

NAVEGACIÓN

Uno de los principales atractivos del espacio natural del embalse de Orellana, se basa en el aprovechamiento de la navegación con fines recreativos, apunta el Ejecutivo extremeño.

A este respecto, indica que una vez revisados "minuciosamente" los valores ambientales y de afección a la fauna acuática, el plan abre la posibilidad a la navegación de recreo, aguas arriba del Puente de Cogolludo hasta la desembocadura del Arroyo de las Casas, lo que supondría "un notable incremento de la superficie susceptible de ser navegable, una vez se publique la inminente resolución de navegación dela Confederación Hidrográficadel Guadiana".

Cuando esto ocurra, la navegación estará permitida en el 90 por ciento aproximado de la superficie del embalse y requerirá autorización especial en el resto (la cola del mismo). Además, el permite el aprovechamiento industrial del cangrejo rojo.

Por otro lado, las viviendas unifamiliares aisladas, pasan a ser autorizables en la Zona de Uso General, una vez que los ayuntamientos adecuen sus planeamientos urbanísticos a los contenidos del PRUG.

Sin embargo, el Plan Rector de Uso y Gestión regula de forma más restrictiva la instalación de nuevas infraestructuras de transporte de energía o de telefonía y las de producción de energía eléctrica; así como la creación de nuevos cotos privados intensivos de caza menor.

En cuanto a la pesca, únicamente es incompatible en un 0,67 por ciento de la totalidad de las orillas del embalse.

La zona de interés regional del embalse de Orellana y Sierra de Pela tiene una extensión de 42.668 hectáreas repartidas entre los términos municipales de Acedera, Campanario, Casas de Don Pedro, Esparragosa de Lares, Navalvillar de Pela, Orellana de la Sierra, Orellana la Vieja, Puebla de Alcocer y Talarrubias.

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