Las residencias tendrán que asumir el transporte de todos sus usuarios dependientes

La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales revoca la encomienda de gestión a la Fundación Cántabra para la Salud y el Bienestar Social
Discapacitados, personas dependientes (Ley Dependencia).
Discapacitados, personas dependientes (Ley Dependencia).
EUROPA PRESS
Discapacitados, personas dependientes (Ley Dependencia).

Los centros concertados tendrán que realizar directamente el servicio de transporte adaptado de todos sus usuarios con dependencia reconocida, incluidos los de grado III, de los que hasta ahora se encargaba la Fundación Cántabra para la Salud y el Bienestar Social en virtud de una encomienda de gestión que la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria acaba de revocar parcialmente.

El departamento que dirige la vicepresidenta, María José Sáenz de Buruaga, publica este miércoles en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la resolución de revocación, que tiene efecto a partir del 31 de diciembre.

Ello supone que a partir del 1 de enero, el servicio de transporte adaptado para los usuarios de centros concertados con dependencia reconocida de grado III pasará a ser realizado por los propios centros concertados, mediante la extensión del servicio que actualmente ya prestan a las personas con dependencia reconocida de grados I y II.

En la misma resolución, la Consejería también revoca la encomienda de gestión relacionada con el servicio de transporte adaptado y del servicio de catering en el Centro de Día de Castro Urdiales, en este caso con efectos desde el 16 de diciembre.

Como consecuencia de la privatización de la gestión del Centro de Día de Castro Urdiales, el adjudicatario del contrato tendrá que asumir entre sus obligaciones la prestación de los servicios de transporte adaptado y de manutención de los usuarios.

Todo ello supone la modificación del convenio de abril de 2008, por el que se encomendó a la Fundación Cántabra para la Salud y el Bienestar Social la gestión del Servicio de Ayuda a Domicilio a personas en situación de dependencia y de otras prestaciones derivadas de la Ley de Cantabria 2/2007, de 27 de marzo, de derechos y servicios sociales, entre las que se encuentra el servicio de transporte a las personas en situación de dependencia.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento