Piden tres años de cárcel para un policía jubilado que causó un accidente donde murió un menor

La acusación particular ha solicitado tres años de cárcel y la retirada del carné de conducir por un delito de homicidio imprudente para un agente del Cuerpo Nacional de Policía jubilado que, en marzo de 2008, provocó un accidente de tráfico en la localidad sevillana de Coria del Río a consecuencia del cual falleció un menor de 17 años de edad que circulaba en un ciclomotor.

La acusación particular ha solicitado tres años de cárcel y la retirada del carné de conducir por un delito de homicidio imprudente para un agente del Cuerpo Nacional de Policía jubilado que, en marzo de 2008, provocó un accidente de tráfico en la localidad sevillana de Coria del Río a consecuencia del cual falleció un menor de 17 años de edad que circulaba en un ciclomotor.

Fuentes del caso han informado a Europa Press de que, durante el juicio por estos hechos celebrado en el Juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla, el policía ya jubilado, identificado como J.G.D., defendió que no vio a la víctima hasta que se produjo el golpe entre su turismo y el ciclomotor en la intersección de la avenida Primero de Mayo con la calle Nuestra Señora de los Dolores.

La Fiscalía de Sevilla pedía inicialmente para el procesado un año y medio de cárcel y la retirada del permiso de circulación por un delito de homicidio imprudente, aunque finalmente modificó sus conclusiones provisionales y calificó los hechos como una falta de homicidio por imprudencia leve, por la que pidió para el exagente el pago de una multa de 600 euros y la prohibición para conducir por un año.

De su lado, el abogado de la defensa interesó la libre absolución de su cliente al entender que, "aunque se trata de un hecho horrible", el joven circulaba en su ciclomotor "sin el casco reglamentario", de manera que "las consecuencias" del accidente "son culpa de la víctima". De manera subsidiaria, pidió que el acusado sea condenado por una falta de homicidio por imprudencia leve al pago de 600 euros.

El acusado dice que no vio a la víctima

En su declaración, el imputado narró que a las 15,00 horas del 10 de marzo de 2008 circulaba con su vehículo por la citada avenida hasta que giró a la izquierda en una zona permitida a fin de acceder a la calle Nuestra Señora de los Dolores. "Miré y no vi nada, por lo que decidí poner el intermitente y girar, momento en el que apareció este chiquillo", dijo.

"Yo a la víctima no la vi, en caso contrario hubiera parado, lo vi cuando pegó el golpe", subrayó el imputado, quien aseguró que, en el carril por el que circulaba el ciclomotor, "había coches en segunda fila que me impedían la visibilidad", y defendió que circulaba "muy despacio", mientras que el fallecido "no llevaba casco".

Asimismo, negó que fuera circulando bajo los efectos del alcohol, ya que únicamente se había bebido una cerveza, así como negó que conociera a los policías locales que llegaron al lugar tras el accidente. En este sentido, fuentes del caso han informado a Europa Press de que tres policías locales de Coria del Río fueron imputados por el presunto trato de favor concedido a este policía nacional.

Según la policía local,

El acusado no olía a alcohol

Los tres agentes fueron imputados por no haber realizado la prueba de alcoholemia al conductor, pese a que varios testigos certificaron su "evidente estado de embriaguez", y de haberle dejado marchar a su casa escasos minutos después, sin detenerlo ni citarlo en Comisaría para días posteriores.

En el juicio, los policías locales que intervinieron tras el accidente coincidieron en señalar que el acusado realizó un giro permitido y que no presentaba síntomas de embriaguez ni olía a alcohol, motivo por el que no le practicaron la prueba de alcoholemia, pues además "estaba en estado de shock y parecía que se le iba a salir el corazón por la boca".

De su lado, hasta tres testigos coincidieron en apuntar que el imputado olía a alcohol, e incluso uno de ellos, cuñado del fallecido, afirmó que lo vio en un bar tomando "cinco o seis cervezas", lo que motivó que la gente del establecimiento "comentara que iba bien cogido".

Según la fiscalía,

El comportamiento del acusado fue "imprudente"

Tras todo ello, el fiscal pidió condenarlo por una falta al entender que el "desgraciado" accidente "se debió a un comportamiento imprudente" por parte del procesado, "pero leve, no grave, porque no adoptó las precauciones adecuadas, como era asegurarse de que nadie venía por el otro carril".

De su lado, el abogado de la acusación particular solicitó una sentencia condenatoria señalando que todos los testigos "confirman el más que probable estado" de embriaguez del imputado. "Ha quedado confirmado y probado que tomó alcohol antes del accidente", a lo que se suma una velocidad "inadecuada", por lo que la pena de tres años de prisión "es proporcional al gravísimo resultado provocado".

El letrado aseveró que, "en el colmo de los despropósitos, el acusado tuvo un segundo accidente con el padre del fallecido" a los pocos días del siniestro.

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