El juez decreta la liquidación de Urende, a petición de la empresa, que cerrará su tienda en Ciudad Real

Conllevará el cierre de sus últimas cuatro tiendas, en Córdoba, Jaén, Granada y Ciudad Real, y el despido de sus últimos 110 trabajadores
Tienda Principal De Urende En Córdoba
Tienda Principal De Urende En Córdoba
EUROPA PRESS
Tienda Principal De Urende En Córdoba

El titular del Juzgado de lo Mercantil número uno de Córdoba, Fernando Caballero, ha decretado en un auto la liquidación de Urende, a petición de la propia empresa, que se declara incapaz de cerrar un acuerdo con sus acreedores, un año y tres meses después de haber entrado en concurso voluntario de acreedores. Esto supondrá la completa desaparición de la empresa, con el cierre de sus últimas cuatro tiendas, en Córdoba, Jaén, Granada y Ciudad Real, y el despido de sus últimos 110 trabajadores, y ello tras aplicar en febrero pasado un ERE que supuso el despido de casi 600 empleados y el cierre de 18 tiendas en toda España.

Según recoge el auto del Juzgado de lo Mercantil, al que ha accedido Europa Press, es la propia concursada (Urende) la que "ha solicitado la liquidación" del procedimiento concursal, al manifestar "la imposibilidad de la presentación de una propuesta de convenio" con sus acreedores.

En este punto, recuerda el juez en su auto que, según dispone el artículo 142.1 de la Ley Concursal, "el deudor podrá solicitar la liquidación en cualquier momento", dándose además la circunstancia, en este caso, de que "no se ha presentado propuesta de convenio dentro del plazo legalmente previsto y la concursada ha solicitado la apertura de la fase de liquidación, por lo que resulta forzoso proceder conforme a lo solicitado, ya que esta petición del deudor resulta vinculante para el juzgador".

En consecuencia, el titular del Juzgado de lo Mercantil número de Córdoba ha dispuesto la apertura de "la fase de liquidación", durante la cual "quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado (Urende) sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal, a partir del 20 de enero de 2013", para así permitir a la empresa gestionar la última campaña de Navidad de Urende.

Junto a ello, el juez declara "disuelta la concursada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal" y, "en el plazo de 15 días computados desde la notificación de esta resolución (adoptada el pasado 22 de noviembre), la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal".

Esta resolución, según se aclara en el auto, "será apelable y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común" del concurso, "a cuyo fin se emplaza a las partes que formularon protesta o plantearon recursos, para que lo interpongan en el término de 20 días".

De igual forma, contra esta resolución también cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Córdoba, mediante escrito presentado en el Juzgado de lo Mercantil "en el plazo de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación" y, además, "en la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna", según recuerda el juez en su auto.

Campaña de navidad

Por otro lado, el titular del Juzgado de lo Mercantil recoge en su resolución que Urende, a la vez que la liquidación, también ha solicitado "que se autorice al órgano de administración para continuar ejerciendo sus funciones bajo la supervisión de la administración concursal, hasta pasada la campaña de Navidad, a los efectos de contribuir y colaborar en lo necesario".

Ante ello, el juez ha estimado "procedente autorizar esta medida, en cuanto que el cese efectivo de la administración social a la fecha de este auto puede suponer un perjuicio para el interés del concurso, ya que se encuentra cercano de los momentos de mayor venta en el sector del objeto social de la concursada, como es la campana de Navidad".

En opinión del juez, "la sustitución en las facultades de administración y disposición por parte de la administración concursal puede suponer una alteración en la gestión de la venta de las últimas existencias de la concursada y suponer un lastre a la hora de la liquidación de tales mercaderías. Por ello, resulta conveniente que la administración continúe en el ejercicio de las facultades de administración y disposición hasta la finalización de la campaña de Navidad", que el juez fija para el ya mencionado 20 de enero.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento