Un juzgado de Ourense anula la cláusula de suelo en dos hipotecas de NCG Banco, que recurrirá la decisión

El Juzgado de primera instancia número 4 de Ourense ha anulado la introducción de la cláusula de suelo en dos préstamos hipotecarios a tipo de interés variable de dos denunciantes, clientes de NCG Banco procedentes de Caixanova, en una sentencia que la entidad gallega está en proceso de recurrir.

El Juzgado de primera instancia número 4 de Ourense ha anulado la introducción de la cláusula de suelo en dos préstamos hipotecarios a tipo de interés variable de dos denunciantes, clientes de NCG Banco procedentes de Caixanova, en una sentencia que la entidad gallega está en proceso de recurrir.

La Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) ha explicado este martes que la sentencia de este juzgado estima que la cláusula "claramente impide a los clientes de la entidad bancaria beneficiarse de las fluctuaciones a la baja del tipo variable pactado" y considera que la introducción de dicha cláusula en los contratos no derivó de una negociación con los clientes.

NCG Banco ha confirmado que el juzgado anula la inclusión de cláusulas de suelo y fuentes de la entidad han explicado a Europa Press que la sentencia no es en firme, sino que cabe recurso y el banco está en proceso de presentarlo.

Estas cláusulas de suelo limitan la variación que puede registrar el tipo de interés de una hipoteca y fijan un máximo, pero también un mínimo. En los casos concretos expuestos por Ausbanc, que se refieren a un contrato de marzo de 2007 y otro de agosto de 2006, el tipo mínimo era del 3,75% en el primero y del 3,95% en el segundo, mientras que el máximo era el 15% para los dos.

De confirmarse la anulación, el banco deberá devolver a cada uno de los clientes unos 5.000 euros, han indicado fuentes de la organización de usuarios de banca, que han destacado que se trata de la primera sentencia en este sentido en Galicia.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento