Prisión para los dos acusados de construir una panera en Cudillero en suelo no urbanizable y sin permiso

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Asturias ha confirmado la sentencia que condena a dos hombres, uno de ellos gerente y máximo responsable de una empresa especialista en construcciones en madera, por la construcción de una panera destinada a uso residencial en Cudillero en suelo calificado como "no urbanizable, de protección de costas" y sin contar con autorización.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Asturias ha confirmado la sentencia que condena a dos hombres, uno de ellos gerente y máximo responsable de una empresa especialista en construcciones en madera, por la construcción de una panera destinada a uso residencial en Cudillero en suelo calificado como "no urbanizable, de protección de costas" y sin contar con autorización.

Según ha informado la Fiscalía, el fallo condena a R. C. A. a un total de un año y nueve meses de prisión, el pago de una multa de 7.200 euros (con responsabilidad persona subsidiaria en caso de impago), y un año de inhabilitación especial para toda actividad relacionada con la construcción o promoción de construcciones por un delito contra la ordenación del territorio y otro de desobediencia.

Además, ha condenado a P. V. G. S. a un año de prisión, el pago de una multa de 7.200 euros (con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago) y un año de inhabilitación especial para toda actividad relacionada con la construcción o promoción de construcciones por un delito contra la ordenación del territorio.

La sentencia del Juzgado, confirmada ahora por la Audiencia, considera probado que en los primeros meses de 2007, una empresa, cuyo representante legal es el acusado P. V. G. S., llevó a cabo, por encargo directo del otro acusado, R. C. A., la construcción de una panera destinada a uso residencial en una finca en Novellana (Cudillero), propiedad de este último, en suelo calificado como "no urbanizable, de protección de costas", careciendo de toda autorización, permiso o licencia para ello.

La panera, destinada a vivienda, cuenta en su interior con salón-cocina, dos habitaciones y baño, y tiene acometida, al menos, de agua y de luz eléctrica.

Según la sentencia, ambos acusados conocían que la construcción se estaba realizando en una zona no urbanizable protegida. El alcalde de Cudillero celebró incluso una reunión con todos los vecinos del pueblo para informarles de que no se podía construir absolutamente nada en los terrenos que se encontraran en el ámbito de protección del POLA, haciendo el acusado caso omiso a esas recomendaciones.

La Audiencia no ha admitido ninguno de los motivos de los recursos de los acusados. Según el tribunal de la Sección Tercera, "el resultado que arroja la valoración de la prueba es contundente en orden a considerar el uso habitacional o destinado a vivienda como finalidad de la construcción".

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