Multado por amenazar a un trabajador de servicios sociales por la retirada de la tutela de su hijo

La Audiencia Provincial ha confirmado la multa de 300 euros impuesta a un hombre por amenazar a un trabajador de los servicios sociales del Gobierno de Cantabria después de que le fuera retirada la tutela de su hijo menor por desamparo.

La Audiencia Provincial ha confirmado la multa de 300 euros impuesta a un hombre por amenazar a un trabajador de los servicios sociales del Gobierno de Cantabria después de que le fuera retirada la tutela de su hijo menor por desamparo.

El Juzgado de Instrucción número Cinco de Santander condenó el pasado mes de marzo al acusado, Juan José L.U., a una multa de 300 euros por una falta de amenazas, cometida en octubre de 2010, días después de que el Ejecutivo cántabro asumiera la custodia del menor.

La sentencia, al igual que ahora lo hace la Sección Primera de la Audiencia, consideró probado que, en octubre de 2010, la pareja del acusado llamó a un técnico del Servicio de Atención a la Infancia del Gobierno, que le indicó que no era el funcionario responsable del menor, sino que era una compañera la encargada de dicho expediente.

En un momento de la conversación, el funcionario oyó como el imputado decía "verás lo que voy a hacer yo con tus hijos, a ese hijo de puta le voy a sacar las tripas y a las otras verás lo que les voy a hacer".

Dos días después, en un foro de internet, el acusado contó que tenía un hijo que "se escapó" cuando le llevaban a consulta de salud mental y le contó que "nada más llegar le encerraron en la sala de reflexión y el resto ya lo sabe todo el mundo, más de lo mismo, lo que hace pensar que no es mentira".

Decía también que no le dejaban verle, al menos en un mes, "no sé si es para que se le quiten las marcas, si las hubiera, no quisiera llegar a verle drogado por medicamentos", añadía, para continuar señalando que "esto sirva para comprenderme en el caso casi seguro de que al no conseguir que me lo devuelvan antes de que sea tarde, ocurra algo grave por mi parte, ya que esta idea corre por mi cabeza de forma constante y convencida, no hay otra solución".

A raíz de estos hechos, se prohibió por auto judicial al acusado acercarse al citado funcionario a menos de 500 metros de su lugar de trabajo y domicilio, y comunicarse con él por cualquier medio durante seis meses.

El imputado recurrió la sentencia alegando que no estaba probado que fuera él quien hizo la llamada telefónica, argumento que rechaza la Audiencia al considerar válido el testimonio del funcionario, por lo que desestima en su integridad el recurso.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento